Multa de 2.160 euros por acusar a su empresa de falsificar el finiquito, pese a que la firma era suya

La Audiencia Provincial de Cantabria ha impuesto una multa de 2.160 euros por acusación y denuncia falsas a un trabajador que llevó a su empresa a los tribunales acusándola de haber falsificado los papeles del finiquito, cuando en realidad la firma estampada en ellos era suya.

Según se explica en una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, conocida hoy, los hechos ocurrieron a mediados del año 2006, cuando el acusado, J.V.C.R., cesó voluntariamente en una empresa constructora y, al no quedar conforme con las condiciones de la rescisión laboral, reclamó a la compañía por la vía judicial.

En los juzgados de lo social la empresa presentó la rescisión del contrato y el finiquito, pero el trabajador negó haber firmado los documentos y decidió presentar una querella contra la empresa.

De esa querella se hizo cargo el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander, que encargó una prueba caligráfica que permitió constatar que la firma era del trabajador, así que se acordó el sobreseimiento libre de la empresa.

Al final, el que acabó en el banquillo fue el trabajador, por denuncia falsa. El Juzgado de lo Penal número 1 de Santander le condenó en febrero de este año y le impuso una multa de 3.600 euros.

Tras ese fallo, el trabajador recurrió ante la Audiencia Provincial de Cantabria, que ratifica la condena, pero rebaja el importe de la multa.

El hombre alegaba que la prueba caligráfica, aunque confirmaba que las firmas eran suyas, admitía la posibilidad de que se hubieran realizado sobre un documento en blanco en el que se hubieran añadido después el resto de datos. De hecho, aseguraba que lo firmó al suscribir el contrato de incorporación a la empresa y después se redactaron.

Sin embargo, la Audiencia recalca que, de haber sido así, el trabajador habría dado esa versión desde el primer momento, en lugar de negar que la firma fuera suya.

De todas las peticiones planteadas por el trabajador en su recurso, la Audiencia sólo tiene en cuenta la solicitud de rebajar el importe de la multa, ya que se encuentra en paro y tiene cargas familiares. De esta forma, en lugar de los 3.600 euros fijados por el Juzgado de lo Penal, la multa será finalmente de 2.160 euros.

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