El Govern garantiza que los padres podrán llevar a sus hijos a los colegios durante la huelga del 8 de junio

Aprueba los servicios mínimos, que sólo aseguran la presencia del equipo directivo en los centros de Educación Infantil, Primaria y Secundaria

La portavoz del Govern, Joana Barceló, garantizó hoy que los padres podrán llevar a sus hijos a los colegios durante la huelga general en el sector público del próximo 8 de junio, a pesar de que los servicios mínimos aprobados esta mañana por el Ejecutivo sólo aseguran la presencia del equipo directivo en los centros de Educación Infantil y Primaria, por lo que los profesores no tendrán la obligación de acudir.

Tras la reunión del Consell de Govern, Barceló esperó que el derecho de los trabajadores a secundar esta huelga contra el recorte del salario de los trabajadores públicos en un 5 por ciento de media transcurra con la "máxima normalidad" y, por otro lado, destacó que los servicios mínimos aprobados son los mismos que se establecieron en la última huelga sectorial que se llevó a cabo en Baleares.

"Los servicios mínimos garantizan el derecho de huelga, pero también aseguran los derechos esenciales de los ciudadanos", recalcó Barceló, quien detalló que además de los servicios educativos, también quedan garantizada la atención sanitaria y los servicios sociales.

Respecto al ámbito educativo, recordó que la apertura de los centros es obligatoria, si bien las escuelas de Educación Infantil podrán funcionar con un maestro, un educador y un cocinero, mientras que los institutos de Educación Secundaria; los centros de educación permanente de adultos; las Escuelas Oficiales de Idiomas; la Escuela de Arte; el Conservatorio de Música y Danza y el Conservatorio Superior de Música y Danza podrán disponer únicamente del director, el secretario y el jefe de estudios, si bien el Conservatorio Superior también deberá contar con una persona de mantenimiento.

Respecto a la sanidad, se mantendrán plenamente en funcionamiento los servicios de urgencias, tanto en lo que hace referencia a la atención de pacientes externos que lleguen, como a los pacientes ingresados en las unidades de observación de urgencias que deben recibir asistencia plena según el criterio del médico que se encargue.

En cuanto a la atención especializada, los servicios mínimos deben ser los equivalentes a los previstos para los domingos y días festivos, mientras que los servicios de oncología médica, oncología radioterapia, diálisis, hospital de día, rehabilitación y farmacia hospitalaria deberán disponer del número de efectivos indispensables para garantizar el cien por cien de la asistencia.

Intervenciones quirúrgicas

Asimismo, deberá haber el número de efectivos indispensables para garantizar el cien por cien de las intervenciones quirúrgicas programadas de pacientes oncológicos y de otras patologías que no se puedan aplazar a causa del riesgo que implicaría para los pacientes.

Respecto a la Atención Primaria, quedará garantizada la atención domiciliaria que se solicite con carácter de urgencia; la atención a todos los pacientes que se presenten a la consulta con carácter urgente; la atención a todos los pacientes en tratamiento que necesiten asistencia continuada cuando la suspensión del mismo suponga un riesgo grave para su salud; y las prescripciones farmacéuticas necesarias para instaurar o proseguir tratamientos urgentes.

En lo que se refiere a los servicios sociales, como las residencias geriátricas y centros de día o centros de intervención social, se deben garantizar unos servicios mínimos para no poner en peligro la salud de las personas, manteniendo así las curas personales básicas de las personas a las que se atiende, así como el suministro de alimentos y medicación. De la misma forma, se garantizará el transporte de titularidad pública de las personas dependientes en los centros de día.

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