El jurado determina que el joven que mató a su tía abuela en su casa en Santiago en 2008 es culpable de asesinato

Ve probado que la víctima no pudo defenderse y no probada la existencia de indicios de que había gatos como declaró el agresor

El jurado ha determinado por unanimidad que es culpable de un delito de asesinato el joven José Manuel Garabal Paderne por matar a su tía abuela Manuela Barreiro Veiras, que tenía 83 años de edad, en junio de 2008 en su vivienda situada en la calle Basquiños de Santiago de Compostela "sin que tuviera posibilidad defensa dada la merma de capacidades físicas, agravadas por la grave hemorragia provocada por la agresión inicial".

Tras deliberar durante unas cinco horas, el jurado popular, que siguió el juicio celebrado ayer y el miércoles en la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña con sede en Santiago, consideró probado por unanimidad que el joven le produjo los cortes a Manuela por la espalda y ésta no pudo defenderse.

Además, el jurado dio por probado que le clavó un cuchillo a la víctima en el pasillo de la vivienda "cuando estaba debilitada" por la pérdida de sangre y "con desproporción de fuerzas" sin que ella se pudiera defender, lo que justifica la alevosía alegada por el fiscal para pedir 17 años de prisión por un delito de asesinato, mientras que el abogado de la defensa tipificó los hechos como homicidio durante el juicio porque sostuvo que la tía abuela de José Manuel se había defendido —ya que el informe forense apuntaba la existencia de heridas de defensa—.

Asimismo, consideró probado que el 29 de junio entre las 15.00 y 20.00 horas en el cobertizo de la vivienda —que denominaban placa— el joven le causó varios cortes en el cuello "con un cuchillo o hacha", lo que le ocasionó una pérdida importante de sangre y, posteriormente, en el pasillo le clavó dos veces un cuchillo, causándole la muerte.

También dijeron que estaba probado que el agresor le produjo los cortes a Manuela por la espalda y "no pudo defenderse", así como que el joven padece un trastorno de personalidad esquizoide y que es una persona "reservada y fría" que consumía habitualmente "mucho alcohol".

Finalmente, dieron por probado que el 30 de junio, antes de que fueran a localizarlo, José Manuel acudió a la Comisaría de la Policía y confesó el crimen, pero por contra no vieron probado que colaborara, pese a que alegó su defensa que había hecho un croquis de la vivienda a los policías.

No probado

No obstante, el jurado consideró no probado que Manuela agrediera con un palo a unas crías de gato, hecho que su sobrino nieto alegó en el juicio como desencadenante del crimen, "por la falta de pruebas que demuestren la existencia de las crías de gato y el informe pericial de las forenses". "Consideramos que no queda probada la existencia de indicios que nos hagan pensar que había gatos en la vivienda de la víctima", concluyó.

Tampoco dio por probado que el joven viera unos felinos como consecuencia del trastorno de personalidad esquizoide que le fue diagnosticado ni que el acusado, debido al trastorno y el consumo de alcohol, hubiera perdido "de forma brusca y total su capacidad de saber lo que estaba haciendo o de controlar sus impulsos"; así como que hubiera bebido antes de cometer el delito y que eso le produjera que su capacidad se viera limitada.

El jurado consideró no probado, además, que el agresor, cuando estaba en el salón de la vivienda tras provocar los primeros cortes a la víctima, viera aparecer gritando, como declaró, a su tía abuela "Xosé te mato" y que, por ello, sufriera temor intenso de padecer daños en su persona, lo que justificó para provocar los cortes mortales.

En declaraciones a Europa Press, el fiscal encargado del proceso, Jorge Fernández de Aránguiz, destacó que "más contundente imposible", en relación al veredicto emitido que, según afirmó, ratifica "por unanimidad" los argumentos esgrimidos por la Fiscalía y rechaza los invocados por la defensa como eximentes o atenuantes.

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