Alejo afirma que la nueva Ley de Tráfico une el objetivo de "que no haya impunidad" y beneficios en el pago de sanciones

El delegado del Gobierno en Castilla y León, Miguel Alejo, recalcó hoy que la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial aúna el objetivo de que los infractores "no resulten impunes" con la introducción de los beneficios de una administración "moderna" en el pago de las sanciones.

El representante gubernativo en la Comunidad presentó hoy el nuevo texto a representantes del Colegio de Gestores Administrativos de Castilla y León, de la Asociación Regional de Autoescuelas, de la Asociación Regional de Reconocimientos y de Stop Accidentes, junto al subdirector general de Normativa y Recursos, Ramón Ledesma Muñiz, después de que entrara en vigor ayer martes.

Así el delegado explicó que las reformas que incluye la nueva Ley de Tráfico se dirigen como objetivos principales a evitar la "impunidad" de los infractores y a facilitar los pagos de las sanciones con el empleo de las mejoras propias de una "administración moderna".

Con la nueva ley se intenta evitar la impunidad de algunos conductores infractores y hacer el procedimiento sancionador más ágil y sencillo para el ciudadano, de modo que éste conozca en todo momento y cuanto antes la infracción cometida y pueda elegir entre las opciones que le ofrece la Administración central: recurrir o pagar.

Una de las principales novedades de la Ley es la referida al procedimiento sancionador. El conductor que cometa una infracción recibirá un boletín de denuncia en cuyo anverso aparecerán todos los datos del conductor y la infracción por la que ha sido denunciado, así como la cuantía y la pérdida de puntos, en caso de que dicha sanción lleve aparejada tal pérdida.

Esta nueva ley introduce numerosos cambios para los más de 1.600.000 conductores censados en la Comunidad, para un parque de vehículos total de 1.829.308 (incluyendo aquí a camiones, autobuses, turismos, motocicletas, tractores industriales, ciclomotores y otros vehículos).

Para ello, la Ley reduce el plazo entre infracción y sanción con el fin de dotar al procedimiento sancionador de un carácter pedagógico y eficaz y reduce también la litigiosidad por motivos de forma, no de fondo, teniendo en cuenta que el 95 por ciento de las alegaciones y recursos presentados por los infractores se resuelven a favor de la Administración. Además, la nueva norma intenta dar respuesta a las necesidades derivadas de la incorporación de las nuevas tecnologías para el control automático de la disciplina del tráfico.

Alejo recordó que 1.278 personas fueron sido detenidas por carecer del permiso de conducir (siguiendo la norma que entró en vigor en mayo de 2008). En total, en Castilla y León fueron detenidas 4.939 personas por delitos relativos a la velocidad, alcoholemia o carecer del carnet.

En el capítulo de las infracciones, los principales cambios son la consideración como graves de irregularidades como programar el navegador conduciendo, la conducción de un vehículo por parte de una

persona que nunca ha obtenido el permiso de conducción, y estacionar en espacio reservado a personas con discapacidad.

Además, se incluyen en el catálogo de muy graves no instalar la señalización de obras o hacerlo incorrectamente, conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualquier otro mecanismo encaminado a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia y control del tráfico con una sanción de 6.000 euros.

En el capítulo de las sanciones, la nueva norma establece una cuantía fija y única para cada infracción que será de aplicación obligatoria para todas las administraciones. Con la nueva Ley, las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 100 euros, las graves, con multa de 200 euros y las muy graves con multa de 500 euros, excepto las infracciones referidas a no respetar los límites de velocidad, que conllevarán como sanción la cuantía prevista en el Anexo IV de dicha Ley.

Además, se cambia el procedimiento sancionador con la creación de un procedimiento abreviado, se dará por terminado el procedimiento ante la falta de actuaciones por parte del infractor y se diseña un nuevo protocolo de notificaciones en el que se incluyen los nuevos sistemas telemáticos de comunicación.

Reducción del 50

Por ciento

Con el objetivo de que el conductor conozca en todo momento qué es lo que tiene que hacer ante una denuncia, en el reverso del boletín se explican claramente las opciones a las que se puede acoger de modo que éste decida qué hacer con la denuncia. Así, si se abona la cuantía de la sanción en los 20 primeros días de plazo, la misma se reducirá en un 50 por ciento.

Además, se advierte de que en caso de inactividad por parte del conductor, la Ley fija que se dicte resolución sancionadora firme y se inicie su cobro por vía ejecutiva en el plazo de 30 días naturales desde la notificación de la misma.

La nueva ley simplifica el cuadro de infracciones que detraen puntos, pasando de 27 a 20, con el fin de sancionar únicamente conductas graves y muy graves. Se amplía de cuatro a seis puntos los que un conductor puede recuperar cuando ha perdido parte del crédito inicial, al realizar el curso de recuperación de puntos.

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