CEOFA eleva también otro recurso contra el concurso andaluz de adjudicación de farmacias de la Consejería de Salud

La Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (CEOFA) informó hoy de que tras reunirse su Comité Ejecutivo y analizar la orden de 8 de abril de 2010, por la que se convoca el concurso público para la adjudicación de más de 300 nuevas oficinas de farmacia en Andalucía, ha decido interponer un recurso contencioso-administrativo contra la misma, sumándose así al que ya interpuso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (Sefac) y las asociaciones de adjuntos.

Ceofa argumentó su decisión tras lamentar que no se han atendido sus alegaciones en relación con el concurso de apertura. Entre aquellas alegaciones se encontraban su rechazo a la que regula el baremo de méritos, en el sentido de orientar la puntuación hacia el ejercicio de funciones relacionadas directamente con la producción, distribución, custodia, dispensación, "tanto para farmacéuticos de la distribución, como de la administración sanitaria o de las corporaciones colegiales".

De igual modo, mostraban su rechazo al anexo referido a la asignación de puntuación por la participación como tutor de prácticas tuteladas, "no sólo de farmacéuticos, sino también de técnicos en farmacia".

Precisamente sobre estas últimas cuestiones de CEOFA, el vocal de la junta directiva de la Sociedad Española de Farmacia Comunitaria (Sefac), José Luis Calle, explicó hoy por su parte en declaraciones a Europa Press que el recurso de su entidad se elevó al Alto Tribunal andaluz "a finales del pasado mes de abril", prácticamente coincidiendo con la publicación de dos órdenes de la Junta para plazas de opositores.

Calle reprochó al respecto que, mientras que en la orden de la Junta de Andalucía de 26 de abril de oferta de plazas de oficinas de farmacia "se puntúa igual tanto al farmacéutico con años de experiencia en una botica, como al que sólo ha estado trabajando para la administración esos mismos año, y pese a que no tenga experiencia alguna en un establecimiento de farmacia"; un día después, el 27 de abril, la Junta publicó los listados de otro concurso, pero esta vez de plazas de opositores a técnicos del medicamento, es decir aquellos farmacéuticos que trabajan en centros de atención primaria, si bien en estos últimos casos la experiencia del farmacéutico que trabaja en una botica no contaba de cara a los méritos para acceder a estas plazas".

De esta forma, Calle reprochó el "doble rasero" de la Administración a la hora de puntuar a unos y otros profesionales, algo que desde la Sefac rechazan, "ya que, además, lo que está en juego es la atención al paciente".

Para el vocal de la Sefac, lo "justo y lógico" sería otorgar un mayor peso a todos aquellos requisitos "que sirvan para demostrar la experiencia y capacidad del farmacéutico en la prestación y gestión de servicios puramente asistenciales a la población", a la par que se "excluya del mismo" cualquier experiencia profesional "que no sea sanitaria o que no tenga una vinculación directa con el trato diario a pacientes, como por ejemplo la de inspectores de alimentación y medioambiente o la de técnicos del medicamento".

Así, recordó que la Ley de Farmacia de Andalucía (LFA) contempla ya en su exposición de motivos primera una nueva visión de la práctica de la oficina de farmacia hacia la consecución de los objetivos del uso racional de los medicamentos y la mejora de la calidad de vida de los pacientes.

"Queda así puesto de manifiesto por parte del legislador que el paciente es lo más importante a la hora de desarrollar la normativa que debe regir los concursos de oficinas de farmacia, y esta intención queda reforzada aspectos relevantes en la función de los farmacéuticos comunitarios", como las actividades de promoción de la salud y seguimiento fármacoterapéutico; y el derecho de la población a la atención farmacéutica.

Sin embargo, la Sefac entiende que este nuevo concurso "vulnera el espíritu" explícito de la LFA al valorar la experiencia de los farmacéuticos "que no tienen vinculación directa con el medicamento y con el paciente".

"Los técnicos del medicamento, ahora llamados farmacéuticos de atención primaria, no ejercen actualmente como profesionales sanitarios a efectos de sus funciones en el organigrama técnico de la Junta de Andalucía, ya que pertenecen al cuerpo de gestión y servicios", prosiguió.

De la misma forma, sostuvieron que "ni los inspectores de farmacia, ni los cuerpos superiores facultativos ejercen como sanitarios hoy en Andalucía", motivo por el que no se debería de puntuar, a su juicio, "la experiencia de otros farmacéuticos que no han ejercido en una oficina de farmacia".

"Puesto que todos estos farmacéuticos no ejercen como sanitarios ni tienen contacto con pacientes, resulta evidente que no son los candidatos idóneos para encargarse de la dirección técnica de una oficina de farmacia, que sí es un establecimiento sanitario", prosiguió.

Por ello, reprocharon que el nuevo baremo andaluz, que otorga la misma puntuación por cada año de ejercicio en un centro sanitario, "equipara la experiencia profesional de ambos profesionales, beneficiando además al farmacéutico hospitalario con tres puntos adicionales por la especialidad, que no tiene reconocida el comunitario".

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