Fiscalía Superior critica la "insuficiencia" de medios personales y materiales en materia de medio ambiente y urbanismo

Apuesta por erradicar los 'grafitos' y por contabilizarlos en la estadística criminal

La Fiscalía Superior de Andalucía criticó hoy la "insuficiencia" de medios personales y materiales existentes en la sección de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico, añadiendo que, aunque los fiscales "estemos acostumbrados a hacer de la necesidad virtud, sólo si la especialización es completa y exclusiva podremos realizarla con la dedicación y dignidad que requiere".

Así, en la Memoria de la Fiscalía Superior de Andalucía de Medio Ambiente, Urbanismo y Patrimonio Histórico correspondiente al pasado año 2009, a la que ha tenido acceso Europa Press, la fiscal coordinadora del ramo, Consuelo Fidalgo Martín, señala que "es indiscutible que persiste la insuficiencia de medios personales y materiales para realizar como debemos nuestra labor".

En este sentido, añade que "las limitaciones que persisten giran en torno a la necesidad de contar con aplicaciones informáticas adecuadas y un notable incremento de la plantilla auxiliar a la que debiera, como tantas veces hemos reiterado, incentivar e incluir en el proceso de especialización del Ministerio Fiscal", incidiendo en el hecho de que "conocemos los problemas de la materia, tenemos voluntad de resolverlos y sólo es preciso que dispongamos de recursos suficientes que debemos utilizar con toda diligencia en la consecución de los fines propuestos".

Tras este análisis general, la fiscal coordinadora analiza en un capítulo aparte "el problema de los grafitos y el daño a los bienes culturales", señalando que estos daños se están produciendo "de forma masiva" y afectan a grandes núcleos históricos, permaneciendo "casi siempre invisibles" para el Derecho Penal, por lo que aboga por que estas infracciones "sean erradicadas y adecuadamente contabilizadas en la estadística criminal". 'GRAFITOS' Y

La necesidad de erradicarlos

De este modo, considera que "existen frecuentes agresiones de esta naturaleza que no son objeto de denuncia alguna y que no tienen un adecuado reflejo en la estadística criminal", una situación que "es plenamente incompatible con una Comunidad Autónoma que tiene en el patrimonio histórico, sin lugar a dudas, su principal activo y que es visitada cada año por millones de turistas y estudiosos que convierten esta riqueza en su principal fuente de ingresos".

Tras reseñar que "estas formas de vandalismo, lamentablemente, están generalizadas en lugares de tan reconocido valor como el centro histórico de Granada", hace una diferenciación entre daño o deslucimiento del soporte en el que se aplica el 'grafito' —la diferencia reside en que se produzca o no una alteración permanente de las cualidades del soporte—, un aspecto a destacar, puesto que el deslucimiento siempre será una falta, mientras que si es daño, y éste supera los 400 euros, la pintada será considerada delito, que podría conllevar una pena de multa.

De igual modo, y sobre la alegación exculpatoria de que el 'grafito' constituye "una expresión artística", la Fiscalía Superior indica que, "del mismo modo que no existe el derecho a la libre expresión de una legítima opinión a través, por ejemplo, de una pintada de grandes dimensiones sobre el asfalto de una carretera, no existe un derecho a la expresión artística que ampare la realización de daños o deslucimiento de inmuebles, pues la creatividad personal debe canalizarse de forma que no se vean innecesariamente afectados los derechos de los demás".

Recomendaciones a agentes policiales y peritos

Además, y tras establecer que, únicamente cuando el hecho no sea punible, resultarán de aplicación las ordenanzas municipales que reprimen la realización de 'grafitos', la fiscal coordinadora del ramo ofrece una serie de recomendaciones a agentes de la Policía y peritos que intervengan en este tipo de procedimientos, tales como fotografiar la superficie en la que se encuentra el 'grafito' o recabar la declaración del propietario del soporte, así como establecer la fecha en que se realizó, entre otras.

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