La madre no tendrá prioridad en la custodia de hijos en divorcios sin acuerdo en Aragón

  • Ley pionera sobre custodia compartida en Aragón.
  • Se pretende invertir la tendencia que otorga de forma mayoritaria la custodia de los hijos a la mujer en caso de separación o divorcio.
  • Ley tramitada a petición del PAR ha sido apoyada por PSOE, PP y Chunta Aragonesista.

Las Cortes de Aragón han aprobado este jueves una ley pionera en España sobre relaciones familiares que establece la custodia compartida como norma de general aplicación en el caso de ruptura de convivencia de los padres y en ausencia de pacto de relaciones familiares.

El texto fue tramitado a instancias del Partido Aragonés (PAR) y ha salido adelante con un amplio acuerdo. PSOE, PP, Chunta Aragonesista y PAR  han respaldado en bloque la ley, mientras que IU se opone a partes de la misma.

La diputada que ha coordinado los trabajos de la ponencia, la aragonesista María Herrero, ha destacado que con esta ley se va a conseguir invertir la tendencia actual que otorga de forma mayoritaria la custodia de los hijos a la mujer en el caso de separación o divorcio.

La ley configura la custodia compartida frente a la individual como norma preferente en ausencia de acuerdo, cambio con el que se pretende favorecer el mejor interés de los hijos y promover la igualdad entre los progenitores.

La custodia compartida, se añade, se fundamenta en la conjugación de dos derechos básicos: el de los hijos a mantener una relación equilibrada y continuada con ambos padres y el de los padres de crianza y educación de los hijos en ejercicio de la autoridad familiar.

"Promueve la igualdad de ambos sexos"

La nueva ley tiene en cuenta los cambios de una "sociedad avanzada", que "promueve la igualdad de ambos sexos en todos los sectores y en la que el desarrollo profesional de la mujer y el deseo de los hombres de una mayor implicación en el ámbito familiar imponen un cambio en el esquema tradicional de atribuir la custodia en exclusiva a la madre".

La custodia compartida, tal y como se configura en la ley, no implica necesariamente una alternancia de la residencia de los hijos con sus progenitores en periodos iguales, pero sí en un tiempo adecuado para el cumplimiento de la finalidad de la custodia compartida.

Se regulan las reglas que regirán la atribución del uso de la vivienda familiar y en el caso de custodia compartida se establece que éste se atribuirá al progenitor más necesitado.

La ley admite la posibilidad de que el juez acuerde la venta de la vivienda familiar cuando ello fuera necesario para unas adecuadas relaciones familiares.

Además, se incluye una cláusula para que durante un año todas las parejas separadas o divorciadas con anterioridad puedan solicitar la revisión de su acuerdo de divorcio para adecuarlo a la nueva legislación.

IU está "totalmente a favor" de la custodia compartida, pero no de esta forma, ya que una de cada cuatro rupturas se resuelven con la decisión de juez y el resto con acuerdo de los progenitores, por lo que cree mucho más urgente la Ley de Mediación que ésta de custodia compartida.

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