Uno de los dos juzgados en Valladolid por tráfico de drogas se reconoce culpable y el otro alega autoconsumo

El Ministerio Fiscal rebajó a tres años la petición de pena para el primero y mantuvo la solicitud de cinco para el segundo

La Audiencia de Valladolid dejó hoy visto para sentencia el juicio por tráfico de drogas celebrado contra José A.A.M. y Roberto T.P, después de que el primero reconociera su culpa, con lo que el Ministerio Fiscal rebajó de cinco a tres años su petición de pena, y el segundo clamara por su inocencia y alegara que la mercancía que pretendía adquirir era para consumo propio, versión que, no obstante, llevó a la acusación pública a mantener invariable en su caso la solicitud de un lustro de privación de libertad.

Durante el juicio, José A.A.M, cuyo abogado defensor se mostró conforme con la rebaja de condena interesada por el fiscal, confesó que el día de los hechos, sobre las 18.00 horas del 26 de junio de 2009, acudió con su vehículo a la calle Levante, en el barrio de Delicias, ya que el otro acusado le había emplazado porque quería comprarle 15 gramos de cocaína.

"Le venía aprovisionando de droga una vez al mes, casi siempre un 'taco', compuesto de 10 gramos, y me dijo entonces que la quería para un amigo, segurísimo", declaró José A.A.M, quien, en declaraciones recogidas por Europa Press, recordó que fue en el momento en que su cliente entró en el coche cuando la policía detuvo a ambos, sin que se hubiera llevado aún a efecto la transacción.

El otro acusado, Roberto T.P, quien se declaró consumidor de droga desde hace años, alegó que ese día tan sólo pretendía adquirir medio gramo, debido a que se encontraba en paro, y aseguró que dicha dosis era para consumo propio. "Le dije que era para un amigo porque tenía problemas y me estaba separando. No quería que supiera que soy consumidor porque eso son cosas privadas", se justificó.

Material para preparar papelinas.

Aunque en registros posteriores efectuados por la policía en los pisos de José A.A.M. y Roberto T.P, en las calles Prado y Rosa Chacel, respectivamente, les fueron intervenidos a ambos rollos de alambre, recortes circulares de plástico y sendas balanzas de precisión, así como en el caso del primero una sustancia de corte denominada Fenatecina, el segundo de los procesados siguió manteniendo que tales efectos no eran para confeccionar papelinas para su posterior venta a terceros sino para prepararse sus dosis.

Respecto de la balanza, Roberto T.P, cuyo defensor solicitó un fallo absolutorio, sostuvo también que la había adquirido para pesar la medicación que su hijo, de veinte meses, tenía que tomar a diario debido a los graves problemas de salud que padecía.

Pese a ello, la representante del Ministerio Fiscal no modificó su petición de cinco años de cárcel para Roberto T.P, junto con una multa de 1.200 euros, y, debido a la confesión del segundo, aplicó a José A.A.M. un rebaja de dos años de privación de libertad, pasando de cinco a tres. Este último, al igual que el primero, se expone igualmente al pago de una multa de 1.200 euros.

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