Gobierno de Canarias abre el plazo para solicitar ayudas por los daños sufridos durante las inundaciones del último año

La Dirección General de Comercio del Gobierno de Canarias es el departamento encargado de tramitar las solicitudes de ayudas que se presenten a la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) número 93, para auxiliar, en todas las islas, a aquellos particulares que sufrieron pérdidas en sus vehículos o a los empresarios y profesionales --no agrícolas, ni turísticos-- que sufrieron pérdidas en sus negocios a causa de las lluvias registradas los días 16 y 17 de noviembre de 2009; el temporal de lluvia y viento los días 22 y 23 de diciembre de 2009; las lluvias de los días 31 de enero y 1 y 2 de febrero de 2010 y el temporal sufrido entre los días 15 y 18 de febrero de 2010.

En un comunicado, el Ejecutivo regional explicó que las bases de la convocatoria establecen que podrán recibir ayudas de hasta 6.000 euros todos aquellos propietarios de los vehículos que sufrieron daños directos como consecuencia de los sucesos de referencia. Además, los solicitantes deberán demostrar que su vehículo disponía de seguro obligatorio vigente en el momento en el que se produjeron los incendios.

La convocatoria que publica el BOC establece también las bases para las ayudas a los empresarios y profesionales —excluidos los agrarios y turísticos— cuyos negocios o instalaciones sufriesen daños directos durante los temporales. En este caso, los solicitantes deberán ser pymes con menos de 50 empleados a jornada completa, o su equivalente en contratos a tiempo parcial.

Además, el empresario o profesional que ejerza la actividad debe acreditar la condición de propietario, arrendatario u ocupante por cualquier otro título legalmente admisible del establecimiento o local dañado por el siniestro. En el caso de maquinaria, mobiliario, vehículos, instalaciones o mercancías afectas a la actividad empresarial, debe tener la condición de propietario o depositario de los mismos o tener formalizado contrato de arrendamiento.

En este caso, las ayudas están acotadas por tramos, en función de los daños sufridos. Podrán alcanzar un máximo de 3.000 euros, para los casos en los que los daños superen los 12.000. En el caso de daños por menos de 12.000 euros y hasta 3.000, la ayuda será de 2.000 euros, y de 1.000 en el caso de que los desperfectos se valoren entre 1.000 y 3.000 euros. Para daños menores a esos importes, se pagará la cifra íntegra justificada.

Por su parte, los impresos de solicitud de ayuda se podrán retirar en las dependencias de la Dirección General de Comercio, sitas en las sedes de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio de las islas capitalinas y podrán presentarse en los ayuntamientos a los que pertenezcan los damnificados. Los documentos también se pueden obtener por vía telemática, en la dirección web http://www.siecan.org.

Para cualquier información relacionada con las bases, los empresarios y profesionales se podrán dirigir también al Sistema de Información Empresarial de Canarias (SIECAN), llamando al teléfono 900 100 250 o en el correo electrónico siecan.ciec@gobiernodecanarias.org.

El plazo de presentación de solicitudes, tanto para los propietarios de vehículos como para los empresarios o profesionales, es de un mes a partir de la publicación de la orden de ayudas en el BOC, aunque no deberán ser presentadas de nuevo todas las reclamaciones presentadas con anterioridad a la publicación, salvo que la administración competente pida algún tipo de documentación adicional.

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