Los responsables de entes públicos no podrán cobrar más que el presidente gallego por ley, "salvo excepciones"

Feijóo proclama que aumentará el control en la contratación porque los "chiringuitos" estarán "sometidos a la ley"
Alberto Núñez Feijóo
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XUNTA
Alberto Núñez Feijóo

El Gobierno gallego impulsará una ley que regulará el sector público "por primera vez en 30 años de vida de la comunidad" y que limitará la retribución de los responsables de los entes y organismos que dependen de la Administración autonómica, que no podrán cobrar más que el presidente de la Xunta, "salvo excepciones".

Lo anunció hoy el jefe del Ejecutivo gallego, Alberto Núñez Feijóo, en la rueda de prensa posterior al Consello de la Xunta, donde celebró la creación de esta normativa, que "someterá a la ley" a toda la administración paralela "conocida popularmente con el nombre de chiringuitos" y limitará la percepción de sus titulares.

"Parece una medida bastante razonable", advirtió, antes de precisar que las retribuciones del personal de alta dirección de estas entidades sólo podrán ser superiores a las del jefe del Ejecutivo autonómico en casos "debidamente acreditados" y con informes preceptivos de las Consellerías de Facenda y Presidencia.

Sobre el "sometimiento a la ley" de los entes de la administración paralela, Núñez Feijóo destacó que la norma permitirá ejercer un mayor control en materia de contratación para estos organismos, puesto que no podrán suscribir contratos que no se ajusten a los criterios de publicidad y concurrencia. Igualmente, contratarán a su personal de acuerdo con los principios de mérito y capacidad.

La nueva normativa servirá, asimismo, de "complemento" del plan de reestructuración de la Administración paralela iniciado por la Xunta, ya que el texto "sistematiza por vez primera" las entidades instrumentales, tales como organismos autónomos, agencias autonómicas, entidades públicas empresariales y consorcios autonómicos.

Ley de régimen jurídico

Dicha sistematización se desarrolla en el título III, mientras que en título II se recogen los elementos esenciales del régimen jurídico sustantivo y procedimental de los reglamentos autonómicos.

Por su parte, el título I ofrece los contenidos propios de una ley de régimen jurídico de la Administración general, que "nunca" llegó a aprobarse pese a que ya la reclamaba la Lei da Xunta e do seu presidente, aprobada en 1982.

Más allá de la división en tres títulos, el anteproyecto de la Lei de organización e funcionamento da Administración xeral e o sector público autonómico de Galicia, que hoy conoció el Consello de la Xunta, se estructura en 116 artículos, ocho disposiciones transitorias, una derogatoria y dos disposiciones últimas.

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