La providencia del TC, a la que tuvo acceso Europa Press, acuerda no dar inicio a las actuaciones ya que estima que debió plantear primero un incidente de nulidad del procedimiento y agotar, de este modo, los recursos en la vía judicial si quería impugnar el fallo del Tribunal Supremo (TS) le condenó a un año de prisión e inhabilitación especial como autor de delito de imprudencia grave con resultado de muerte.
Ni el fiscal ni el letrado que ejerce la defensa han recurrido la decisión adoptada por el Constitucional, como tampoco han elevado escrito para solicitar la nulidad de las actuaciones que se incoaron contra ocho guardias civiles destinados en el cuartel de Roquetas de Mar en julio de 2005 y que se han saldado finalmente con penas de multa para María José S.P. y José Antonio M.F. y la absolución del resto de los procesados.
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Habrá ampliación)))
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