La Audiencia absuelve a un vecino de Oviedo acusado de intentar abusar de una de sus hijastras, de 16 años

La Audiencia Provincial de Oviedo ha absuelto a un hombre de 54 años y vecino de Oviedo, que fue juzgado a puerta cerrada el pasado 13 de abril por intentar abusar sexualmente y de forma continuada de una de sus dos hijastras, de 16 años.

La Fiscalía solicitó para él cuatro años de cárcel, una orden de alejamiento de la menor durante seis años y el pago de una indemnización de 6.000 euros por los daños morales causados. Por su parte, la acusación particular pidió que se le condenase a ocho años por dos delitos de abusos sexuales en grado de tentativa y ampliaba el periodo del alejamiento respecto de la menor hasta los diez años.

En la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado Manuel Vicente Avello no considera procedente la apreciación del delito de abusos sexuales porque "el resultado de las pruebas practicadas generó duda sobre su carácter incriminatorio". En ausencia de certeza, la Sala resuelve absolverle basándose en el principio 'In dubio, pro reo'.

Declaración cambiante y confusa

A su juicio, la declaración de la supuesta víctima presentó "cambios sustanciales y confusión" entre los distintos episodios narrados con "escasos elementos descriptivos y limitada exposición sobre las circunstancias que los rodearon".

El tribunal argumenta también que la joven mantuvo una actitud "positiva ante las preguntas de las acusaciones y agresiva e intensamente negativa ante las que formuló la defensa". Subraya que ésta no recordó, ni siquiera, si los episodios acaecidos fueron "dos o tres" y se muestra "sorprendido" por la generalidad en la descripción de los hechos.

Asimismo, echa de menos la declaración de la hermana de la menor, que no fue propuesta como testigo "a pesar de encontrarse en el domicilio" e indica que la declaración de la amiga "no despeja ninguna duda".

La sentencia llama la atención además sobre los resultados negativos de los análisis practicados relativos a la presencia de sustancias en la sangre o en la orina, así como sobre la normalidad de las exploraciones ginecológicas practicadas a la menor.

A la vista de las pruebas periciales y testificales, la Sala considera que "no se ha despejado la duda razonable", lo que impide "formar la convicción de la comisión por el acusado de los abusos sexuales sobre la menor".

Los hechos

Según el escrito de calificación del Ministerio Fiscal, los hechos se produjeron un fin de semana de junio de 2008, cuando el hijo del acusado y las dos hermanastras de éste, nacidas en 1992 y 1993, estaban en el domicilio del procesado, de acuerdo a un pacto adoptado por la pareja tras la ruptura de su relación sentimental, en diciembre de 2007.

De acuerdo con el texto, la noche del 6 al 7 de junio el procesado se introdujo en la cama en la que dormía una de las niñas, le retiró la ropa interior y se masturbó con la mano de ésta. A continuación, se colocó sobre la menor y trató de abusar sexualmente de ella, que fingía estar dormida "por miedo a la reacción del procesado", hasta que la víctima despertó a su hermano con un movimiento.

En iguales circunstancias, el acusado repitió la operación la noche del 14 al 15 de ese mismo mes. Siempre según la Fiscalía, se aprovechó tanto de estar en su domicilio, como de la ausencia de otros adultos. Asimismo, se sirvió del ascendente que tenía sobre la menor, quien "le consideraba como su propio padre". El hombre, natural de Jerez, posee antecedentes penales no computables.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento