La Agencia Tributaria ha devuelto ya en Murcia 16 millones de euros a más de 25.000 contribuyentes

Los borradores de Renta confirmados en la Región de Murcia superan ya los 44.000, un 2 por ciento menos que el año pasado

La Agencia Tributaria ha devuelto en Murcia, a fecha de hoy, 16.348.000 euros a 25.347 contribuyentes; lo que representa un incremento del 9 por ciento en el importe con respecto a las mismas fechas del año pasado, y un 13 por ciento en el número de contribuyentes.

Los borradores confirmados hasta hoy en Murcia son 44.178, y supone una disminución del 2 por ciento sobre los confirmados por entonces el año pasado como consecuencia de las fiestas de Semana Santa, explicó en rueda de prensa el delegado de la Agencia Tributaria, Antonio Merediz.

En concreto, la Agencia Tributaria prevé ingresar 163 millones de euros con la Renta 2009 y devolver 367 millones de euros, un 4,57 por ciento menos que en el año anterior. De hecho, según las estimaciones, se declararán negativas un 15,41 por ciento más que en la Renta de 2008.

Por tipos de declaración, se prevé que 90.500 sean positivas, 487.000 devoluciones y 6.500 declaraciones resulten negativas.

Entre las principales novedades de la campaña de renta IRPF 2009 destaca que se eleva el importe exento de 20 a 45 días por año trabajado, con un máximo de 42 mensualidades en las indemnizaciones procedentes de Expedientes de Regulación de Empleo (EREs) y despidos producidos por causas objetivas con posterioridad al 8 de marzo de 2009.

Así como deducciones de inversiones y gastos vinculados a determinados acontecimientos como Caravaca Jubilar 2010. Además, el modelo de declaración incorpora un nuevo apartado (página 14) que permitirá a los contribuyentes, a efectos meramente informativos, conocer el importe del IRPF que en el ejercicio 2009 corresponde a su Comunidad Autónomas o residencia.

Se mantiene la deducción de hasta 400 euros anuales sobre la cuota líquida total del impuesto para los contribuyentes que hayan obtenido rendimientos del trabajo o de actividades económicas.

Además, todas las ayudas públicas y subvenciones recibidas tributan como ganancia patrimonial, así tributan los mil euros aportados por las CC.AA y Gobierno central en relación a las ayudas del Plan 2000E para la adquisición de vehículos y la Renta Básica de Emancipación.

En este sentido, el director regional de tributos, Miguel Ángel Blanes, que acudió a la presentación del avance de resultados de la campaña de 2009, recordó que este es el duodécimo año de colaboración con la Agencia Tributaria y que en estos años se ha atendido a más de 155.000 contribuyentes en los puestos de la Administración regional.

Al tiempo que señaló que para esta campaña el Gobierno murciano ha dispuesto 22 oficinas (ocho en Murcia, seis en Cartagena y dos en San Pedro, Águilas, Caravaca y Yecla).

Blanes destacó que se aplicará en Murcia un tipo reducido que supone un cuarto de punto en la declaración, y los jóvenes dispondrán de hasta cinco puntos de desgravaciones, mientras que los contribuyentes que hayan conciliado su vida laboral y familiar tendrán desgravación por el gasto de guardería.

El total de borradores confirmados en toda España asciende a 1.723.657, un 2 por ciento menos que los confirmados en la misma fecha del ejercicio anterior. En el todo el país se ha devuelto 648.029.000 euros a 965.665 contribuyentes. Por tanto Murcia supone casi el 3 por ciento del total, tanto de los borradores confirmados, como de los importes devueltos y del número de contribuyentes que han recibido su devolución

Se esperan para toda España un total de 19.500.000 declaraciones, de las cuales 15.750.000 serán a devolver con una previsión de 12.280 millones de euros devueltos.

Campaña se inicia el 3

De mayo

La campaña de renta se inicia el 3 de mayo y concluye el 30 de junio. La AEAT ofrece a los contribuyentes que reúnen las condiciones fijadas por la ley del IRPF la posibilidad de recibir un borrador de la declaración de renta elaborado por la administración tributaria.

Básicamente, pueden recibir el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario con retención o ingreso a cuenta, Letras del Tesoro, ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan de dos inmuebles como máximo, así como subvenciones para la adquisición de la vivienda habitual.

Tener derecho a deducción por adquisición de vivienda o donativos y desgravación por planes de pensiones no impide recibir el borrador. Para quienes no pueden recibir el borrador, la Agencia Tributaria les envía sus datos fiscales. Los borradores se podrán solicitar hasta el 23 de junio.

El borrador se puede confirmar hasta el 30 de junio, salvo que se domicilie el pago, posible hasta el 25 de junio.

Servicios de asistencia e información

Los servicios de asistencia e información que la Agencia Tributaria ofrece al contribuyente durante la Campaña de Renta se prestan a través Internet (www.agenciatributaria.es), sin necesidad de certificado de firma electrónica se puede pedir, modificar y confirmar el borrador del IRPF; pedir cita previa, anularla y cambiarla y descargar el programa PADRE.

La principal novedad de la campaña de Renta 09 consiste en la posibilidad de obtener el borrador y los datos fiscales directamente por el contribuyente en un plazo máximo de 24 horas a través de la página web de la Agencia Tributaria, 'www.agenciatributaria.es', mediante la utilización de DNI electrónico o certificado digital.

Con el DNI electrónico, o certificado digital, el contribuyente puede acceder al servicio de ayuda de Renta 09 en Internet y obtener su borrador de forma inmediata, si ya estuviera calculado, o en un máximo de 24 horas.

Existe un servicio automático 901 12 12 24, donde se puede solicitar el borrador, confirmar borradores a devolver, y pedir de cita previa o mandar al 7743 el mensaje Renta (espacio) Número de justificante del borrador (espacio) NIF. Sólo para borradores con resultado a devolver.

Además los declarantes pueden suscribirse a un servicio de alertas por móvil por el que se les informará sobre la emisión del borrador de Renta o de la devolución en la Campaña de Renta del año próximo. Para ello, bastará que incluyan su número de teléfono móvil y marquen la casilla preparada para ello en la declaración del IRPF.

Obligación de declarar

Tiene obligación de declarar quien obtenga rentas que superen los siguientes límites o distintas a las señaladas a continuación: Rendimientos íntegros del trabajo: 22.000 euros brutos anuales cuando procedan de un único pagador o cuando procedan de varios pagadores, siempre que el importe percibido del segundo y restantes, por orden de cuantía, no supere 1.500 euros anuales.

El límite es de 11.200 euros anuales 1) si proceden de varios pagadores y la suma percibida del segundo y restantes supera en conjunto los 1.500 euros anuales; 2) si el pagador no está obligado a retener; 3) si se trata de pensiones compensatorias del cónyuge o de anualidades por alimentos -salvo que procedan de los padres por decisión judicial-.

Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta superiores a 1.600 euros anuales en su conjunto.

Rentas inmobiliarias imputadas derivadas de más de un inmueble urbano no arrendado distinto de la vivienda habitual, rendimientos de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de vivienda de protección oficial o precio tasado superiores a 1.000 euros anuales en conjunto.

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