El abogado de la menor de Camas muestra su "plena" satisfacción por el archivo de la querella

Francisco de Asís Molinos Quintana, abogado de la menor de Camas (Sevilla) con la que mantuvo una relación sentimental el asesino confeso de la joven Marta del Castillo Casanueva, expresó hoy la "plena" satisfacción de su cliente tras conocer la decisión de la Fiscalía de Menores de archivar la querella criminal por los presuntos delitos de calumnias y falso testimonio que el hermano de Miguel Carcaño, Francisco Javier Delgado, presentó contra la menor.

Francisco de Asís Molinos Quintana, abogado de la menor de Camas (Sevilla) con la que mantuvo una relación sentimental el asesino confeso de la joven Marta del Castillo Casanueva, expresó hoy la "plena" satisfacción de su cliente tras conocer la decisión de la Fiscalía de Menores de archivar la querella criminal por los presuntos delitos de calumnias y falso testimonio que el hermano de Miguel Carcaño, Francisco Javier Delgado, presentó contra la menor.

En declaraciones a Europa Press, el letrado Francisco de Asís Molinos Quintana expresó su "plena" satisfacción por la decisión adoptada por la Fiscalía de Menores y por el hecho de que "no se haya dado trámite a una querella sin fundamento jurídico, material ni procesal", añadiendo que la presentación de la querella trató de ser "un golpe de efecto", ya que se formuló un día antes de la celebración de la audiencia preliminar del caso.

Y es que la Fiscalía de Menores de Sevilla ha resuelto archivar la querella criminal por los presuntos delitos de calumnias y falso testimonio que Francisco Javier Delgado, el hermano del asesino confeso de la joven sevillana Marta del Castillo Casanueva, interpuso contra la menor de 14 años de edad de la localidad de Camas con la que Miguel Carcaño mantuvo una relación sentimental.

En un decreto, fechado el pasado 22 de marzo y al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público comienza recordando al letrado de Francisco Javier Delgado, José Manuel Carrión, que en el procedimiento de menores "no cabe la querella", por lo que acuerda admitir el escrito pero en concepto de denuncia, tras lo cual expone las argumentaciones para archivar la causa.

En este sentido, y en cuanto a la imputación de un delito de calumnias, la Fiscalía indica que "no procede la continuación del procedimiento", ya que, conforme al artículo 215.2 del Código Penal, "nadie podrá deducir acción de calumnia o injurias vertidas en juicio sin previa licencia del juez o tribunal que de él conociere o hubiere conocido".

De este modo, añade que, en el presente caso, las calumnias denunciadas "se han producido en el procedimiento de Ley del Jurado 1/09 del Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla, sin que se haya cumplido con el requisito previo de perseguibilidad de la previa licencia del juez o tribunal".

Asimismo, y en cuanto al delito de falsos testimonio imputado a la menor, la Fiscalía indica que, del juego conjunto de los artículos 458 y 462 del Código Penal y del artículo 715.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, "resulta que siempre que los testigos que hayan declarado en el sumario comparezcan a declarar también sobre los mismos hechos en el juicio oral, sólo habrá lugar a mandar proceder contra ellos como presuntos autores de un delito de falso testimonio cuando éste sea dado en dicho juicio".

No cabe recurso

Así, el Ministerio Público argumenta en el decreto —contra el que no cabe recurso— que el juicio oral que se sigue por el asesinato de Marta del Castillo, "en el que debe declarar como testigo" la menor, "todavía no se ha celebrado, por lo que no procede imputación alguna por delito de falso testimonio contra la menor, cuando ésta no ha prestado declaración todavía por estos hechos en el juicio oral".

Esta denuncia por parte del hermano de Carcaño se produjo después de que la menor, en septiembre de 2009, dijera al Grupo de Menores de la Policía Nacional que había recibido una llamada en su teléfono móvil en la que el interlocutor le habría dicho: "si dices todo lo que sabes a tu madre la rajo de arriba abajo y a ti te pego una paliza", lo que ha motivado además que el juez Francisco de Asís Molina haya iniciado una instrucción paralela para tratar de determinar la existencia o no de esa llamada.

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