Absuelta de blanqueo la viuda del dueño del 'Angelos' al no probarse que conociera el origen del dinero

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a la viuda de uno de los encargados del club de alterne 'Angelos', de Santander, a la que se acusaba de blanquear el dinero recaudado en el club, donde se descubrió una red de prostitución de inmigrantes ilegales.

En una sentencia hecha pública hoy, la Audiencia subraya que no se ha acreditado que la mujer conociera el origen ilícito del dinero y los bienes que gestionó y, por tanto, no hay prueba de cargo suficiente para desvirtuar su derecho a la presunción de inocencia.

La mujer fue juzgada el pasado 23 de febrero, acusada de receptación de capitales procedentes de un delito contra los trabajadores y contra los extranjeros, ya que se la consideraba responsable de blanquear dinero que su marido y la sobrina de éste le entregaban procedente de la actividad desarrollada en el club de alterne.

La fiscalía aseguraba que la mujer realizó numerosas operaciones de transmisión de valores mobiliarios, adquisición y liquidación de fondos de inversión, adquisiciones de moneda extranjera y compras de viviendas y vehículos. Pedía una condena de dos años y una multa de 700.000 euros.

La defensa, por su parte, reclamaba la absolución de la imputada, como finalmente ha acordado la sala en una sentencia que todavía no es firme.

Según explica la Audiencia Provincial, no se ha probado que la viuda del dueño del club conociera el origen del dinero. Ella lo negó en el juicio y su hijo lo ratificó, asegurando que su madre ignoraba "todo lo relativo" a los actos de disposición de dinero en metálico, porque era una cuestión que decidía "de forma exclusiva" su padre, que tenía un carácter "muy autoritario y dominador".

Además, la sentencia destaca que las operaciones que se imputaban a la mujer se realizaron entre los años 1994 y 2002, mientras que las condenas por prostitución y explotación sexual a los responsables del club fueron por hechos cometidos en 2003 y 2004, y no consta que entre 1998 y 2002 su marido fuese denunciado, imputado o condenado por inmigración ilegal para la explotación sexual.

Al inicio del juicio la fiscalía propuso extender la imputación a varios ingresos realizados en una cuenta bancaria en 2003 y 2004, pero la Audiencia recalca que en ese momento procesal no se pueden añadir hechos diferentes y pedir nuevas responsabilidades que alteran el objeto del proceso, que debe quedar determinado antes de la calificación provisional de la defensa.

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