Competencia pide a Junta que derogue las normas de colegios profesionales que contradigan los nuevos preceptos

El Consejo de Defensa de la Competencia recomendó a la Junta de Andalucía que derogue todas las normas reguladoras de los colegios profesionales que contradigan o no cumplan con los nuevos preceptos legales aprobados a nivel nacional y europeo, con la Directiva de Servicios comunitaria.

Competencia emitió un informe sobre el anteproyecto de Ley por el que se modifican la Ley 10/2003 de Colegios Profesionales de Andalucía y la Ley 6/1995 de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales, anteproyecto que tiene por finalidad la modificación de la normativa con rango de ley que regula estos colegios en Andalucía. Dichas modificaciones obedecen a la necesidad de adaptación de la normativa autonómica andaluza a las modificaciones operadas en la legislación básica estatal y en la normativa comunitaria.

En su informe, al que tuvo acceso Europa Press, el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía valora en conjunto de forma positiva las reformas que se introducen en el anteproyecto de ley, aunque considera que la reforma legislativa propuesta por la Junta "no agota por sí misma la necesaria transposición en el marco normativo andaluz de las profesionales colegiadas", por lo que Competencia consideró necesario "abordar también la reforma de la regulación reglamentaria, así como otras normas de inferior rango que inciden o regulan las peculiaridades propias del régimen jurídico de estas corporaciones de derecho público".

Asimismo, Competencia consideró que el anteproyecto de ley "no aborda satisfactoria o suficientemente determinadas cuestiones", por lo que recomendó que "se introduzca una disposición que recoja la derogación explícita de toda la norma colegial que no cumpla con los nuevos requisitos legales, esto es, estatutos, reglamentos de régimen interior o códigos deontológicos o de conducta". Precisó que el anteproyecto de ley actualmente "no establece ni tan siquiera el deber de adaptarse a la nueva normativa".

El Consejo consideró que la vigencia de esas normas colegiales contrarias a la ley "no se puede mantener más allá de la entrada en vigor de la modificación de la ley andaluza de colegios profesionales".

Pidió además que "se refuerce la transparencia en la actuación de los colegios así como la protección y tutela de los derechos de consumidores y usuarios", para lo cual consideró conveniente que se regule en el anteproyecto "la obligatoriedad de que los estatutos de los colegios concreten los fines y funciones en materia de protección y tutela de los intereses de quienes van a ser los destinatarios de los servicios prestados por los profesionales".

No exclusividad en la admisión

Consideró también necesario que se regule en dicho anteproyecto "un procedimiento de justificación de los beneficios que se derivarán de la actuación de cada colegio profesional para los consumidores, así como de la relación que existe entre actividad profesional con determinados derechos, valores y bienes constitucionalmente protegidos; el establecimiento de un sistema de quejas y reclamaciones que garantice la independencia en la actividad disciplinaria, en tanto que ésta sea ejercida por órganos independientes y no por los propios representantes de los colegiados".

También pidió que "se revisen las condiciones estatutarias sobre las titulaciones requeridas para tener derecho a ser admitido en el colegio que corresponda, eliminando la competencia exclusiva de los colegios en la determinación de los requisitos de entrada, reconocimiento mutuo o derechos exclusivos de la profesión".

El Consejo Andaluz de Competencia consideró necesario que la Junta, a través de la consejería competente, "asumiera un papel proactivo en el proceso de revisión de la normativa colegial para garantizar que no contengan elementos discriminatorios conforme a lo establecido en la Directiva de Servicios comunitaria; que se eliminen todas aquellas restricciones a la competencia sin amparo legal; y que se eliminen todos aquellos aspectos que trasciendan de la estricta interpretación del concepto de competencia desleal establecido en la legislación y que pudiera tener efectos restrictivos en la competencia en los mercados de los servicios profesionales".

Las consideraciones que se contienen en este informe de norma están en consonancia con las contenidas en el informe de promoción de la competencia emitido por el Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía el pasado 16 de octubre de 2009 sobre promoción de la competencia en los colegios profesionales de Andalucía, donde se apuntaba la necesidad de acometer una revisión general de la normativa andaluza sobre colegios profesionales.

En este informe de 2009 se formulaban diversas recomendaciones a tener en cuenta en el proceso de adaptación de la norma andaluza a la Directiva de Servicios, recomendaciones que proponían una reforma "ambiciosa" en la materia.

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