Condenan a un licenciado en Medicina, que carecía de la especialidad, por daños en una mamoplastia

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado al cirujano P.B.R., al pago de 57.425 euros más intereses como concepto de indemnización por los daños provocados a una paciente a la que le practicó una mamoplastia de aumento, dándose además la circunstancia de que el galeno sólo era licenciado en Medicina, careciendo por tanto de la especialidad de Cirugía Estética y Reparadora necesaria para poder ejercer este tipo de intervenciones.

Este sentencia, facilitada a Europa Press por la asociación El Defensor del Paciente, que ha defendido a la perjudicada, viene a confirmar otro dictamen anterior del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Vélez-Málaga, por el que se estima parcialmente la demanda interpuesta por Dolores C.T., contra el mencionado médico.

La sentencia declara de esta forma probada que la cirugía de aumento de mamas practicada por este doctor no obtuvo el resultado estético prometido por el mismo médico, hasta el punto de que a la paciente le quedaron unas "visibles cicatrices, con mamas ptósicas con asimetría y presentando la mama izquierda asimetría areolar".

Además, la intervención le provocó una disminución de la sensibilidad (hipestesia) en ambas areolas, en sus mitades inferiores, siendo casi anestesia —falta total de sensibilidad— en la izquierda, entre otros defectos. De hecho, la sentencia sostiene que la intervención practicada, además de no obtener el resultado esperado, ha producido a la perjudicada unas secuelas de carácter estético, funcional y psíquico.

En concreto, alude a la existencia del llamado 'daño desproporcionado', ya que presenta "evidentes cicatrices" que en modo alguno pueden relacionarse con el aumento de peso que haya podido experimentar, conclusión que alcanza a la vista de los informes periciales y de las propias fotografías aportadas por la paciente antes y después de las operaciones de aumento mamario con prótesis de gel de silicona a la que fue sometida.

Además, la sentencia establece probado en su fundamentos de derecho que el médico que la operó sólo estaba en posesión del título de Licenciado en Medicina, no así del de la especialidad en Cirugía Estética y Reparadora, lo cual, de por sí, "podría estar incurriendo incluso en un presunto delito de intrusismo, previsto y penado" para una cirugía invasiva.

Además, recoge que la paciente no prestó con conocimiento de causa el consentimiento informado, por lo que "no pudo prever los riesgos y complicaciones que podrían surgir y que de hecho surgieron".

Según el Defensor del Paciente, la perjudicada "no sólo no obtuvo los resultados, sino que precisó de hasta seis operaciones de reconstrucción de cicatrices y asimetrías mamarias, quedándole una verdadera patología física y psíquica con tratamiento psiquiátrico, por lo que puede hablarse con todo rigor de daño desproporcionado, con independencia de la falta de técnica quirúrgica del referido licenciado en Medicina".

La dirección jurídica de la paciente ha sido tramitada por el Letrado D. José Luis Ortiz Miranda, especialista en derecho sanitario y adscrito a los servicios jurídicos del Defensor del Paciente en Andalucía.

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