La solicitud del borrador se podrá tramitar en cualquier oficina de la Agencia Tributaria, incluidas las oficinas de las comunidades autónomas y ciudades autónomas que hayan convenido con la Agencia Tributaria la implantación de la ventanilla única tributaria.
Además, podrá solicitarse a través de Internet, tanto en la sede electrónica de la Agencia Tributaria 'https://www.agenciatributaria.gob.es' como en la propia página web de la Agencia Tributaria, 'www.agenciatributaria.es', o llamando a los teléfonos 901 200 345 ó 901 12 12 24.
Podrán solicitar el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta, derivados de Letras del Tesoro, así como de la imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de dos inmuebles, o de ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.
Por otro lado, el plazo de presentación de la declaración de la renta 2009 se abrirá el próximo 3 de mayo y finalizará el 30 de junio, aunque si se domicilia el pago la fecha de cierre es el 25 de junio.
Novedades fiscales para 2010.
De cara al ejercicio fiscal 2010, es decir, a la declaración que se presentará el próximo año, el Gobierno ha introducido desde enero una serie de novedades fiscales. El Ejecutivo eliminó desde el pasado 1 de enero la deducción de 400 euros en el IRPF, lo que supondrá de facto un incremento de este impuesto, salvo para los contribuyentes con rentas inferiores a 15.645 euros brutos anuales, que seguirán disfrutando de dicha deducción. Hasta 12.000 euros se mantiene íntegra y se hará progresiva hasta los 15.645 euros.
Otra de las novedades tributarias para este año es la reforma de la conocida como 'Ley Beckham', que regula el régimen fiscal especial para extranjeros no residentes, especialmente deportistas de élite asentados en España. De esta forma, aquellos que cuenten con rentas superiores a los 600.000 euros anuales pasarán a tributar al 43% en el IRPF, mientras que el resto seguirá en el 24 por ciento.
A mediados de año habrá más subidas fiscales, ya que el 1 de julio de 2010 el tipo general del IVA subirá dos puntos y se situará en el 18 por ciento, mientras que el tipo reducido se elevará un punto, hasta el ocho por ciento. En cambio, el tipo superreducido, aplicable a bienes de primera necesidad, se mantendrá en el cuatro por ciento actual.
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