La temporada cinegética 2010/2011 estará vedada la caza del rebeco y de la tórtola común

Entra en vigor la Orden que regula la nueva temporada de caza en todo el territorio de Cantabria excepto en la Reserva Regional de Saja

Durante la temporada cinegética 2010/2011 estará vedada la caza del rebeco y la de la tórtola común, según establece la Orden de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad del Gobierno de Cantabria que regula la práctica de la actividad venatoria durante la temporada cinegética 2010/2011 en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, exceptuando el incluido en la Reserva Regional de Caza Saja.

La Orden, consultada por Europa Press, y que entra en vigor hoy, estipula que todo aprovechamiento cinegético deberá realizarse conforme a lo establecido en el Plan Técnico de Aprovechamiento Cinegético (PTAC) del terreno de caza.

La Orden establece las especies cazables, los períodos hábiles, las modalidades de caza, los criterios generales de aprovechamiento de las especies cinegéticas sedentarias y los aprovechamientos máximos de las especies cinegéticas migratorias.

Entre las primeras se encuentran el venado respecto al cual se considera necesario adoptar medidas para limitar su expansión más allá de los límites de la Reserva Regional de Caza Saja. Con ese objetivo, en los terrenos cinegéticos incluidos en el ámbito de la Orden, podrán abatirse ejemplares de venado durante las batidas de caza mayor y en la modalidad de rececho, sin limitación de sexo ni de número de ejemplares, y siempre dentro del período hábil establecido para esta especie (14 de noviembre de 2010 al 13 de febrero de 2011).

Con independencia de ello, y con objeto de prevenir y controlar en la medida de lo posible los daños producidos por esta especie, los titulares de los terrenos cinegéticos podrán solicitar a la Dirección General de Biodiversidad autorizaciones extraordinarias para el control poblacional del venado.

Otras especies cinegéticas son el jabalí y el lobo, que se podrán cazar desde el 5 de septiembre de 2010 al 13 de febrero de 2011; y el corzo para el que se establecen tres períodos de caza.

En el primero, del 8 de abril al 11 de julio de 2010, podrán cazarse corzos machos en la modalidad de rececho. En el segundo, del 5 de septiembre al 1 de noviembre de 2010, se podrán cazar corzos machos, tanto en la modalidad de rececho como en la de batida.

Finalmente, del 3 de octubre al 1 de noviembre de 2010 se podrán cazar corzos hembras, tanto en la modalidad de rececho como en la de batida.

En cuanto a la caza menor, los periodos hábiles de caza serán, para la becada y la paloma torcaz, desde el 10 de octubre de 2010 al 13 de febrero del 2011, mientras para la liebre se establecen dos períodos: uno del 10 de octubre al 26 de diciembre de 2010, y otro de perreo del 10 de octubre de 2010 al 30 de enero de 2011.

La caza del zorro estará permitida desde el 5 de septiembre de 2010 al 13 de febrero de 2011; la de la perdiz roja del 10 de octubre de 2010 al 26 de diciembre de 2011, y el resto de especies de caza menor desde el 10 de octubre de 2010 al 30 de enero de 2011.

Cupos y otras limitaciones

La Orden establece que en la caza en batida no se permitirá el empleo de perros de las razas mastín, pastor alemán y sus variedades.

En cuanto a los cupos, en las batidas de jabalí y lobo se establece un cupo de caza de 3 y 1 ejemplar, respectivamente, en cada batida que se celebre.

Para la liebre se establece un cupo de 1 ejemplar por cazador individual o por cuadrilla y día de caza; para la becada se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día de caza; y para la agachadiza común o laguneja se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador y día de caza.

En cuanto al zorro se establece un cupo de 3 ejemplares por cazador o cuadrilla y día; y para el resto de las especies de caza menor se establece un cupo total de 15 piezas por cazador y día, consideradas todas las especies cazables.

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