El perfil medio de reconocimientos médico forenses de violencia de género corresponde a mujeres de entre 19 y 39 años

El responsable de la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Valencia, Jorge Mayans, afirmó hoy, durante el VIII Curso de Violencia Doméstica del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV), que en el año 2009 esta unidad realizó, a petición de los Juzgados de Violencia Doméstica y de Instrucción, un total de 401 reconocimientos. De este número, 290 fueron informes médico forenses, y de ellos 244 fueron realizados a mujeres, la mayoría de las cuales tenían entre 19 y 39 años.

Jorge Mayans añadió que, de los informes médico forenses, 123 fueron sobre lesiones, seis sobre valoraciones psicológicas, uno sobre una agresión sexual, tres sobre casos de alcoholismo y estupefacientes, tres sobre fármacos en imputados de violencia doméstica y otros tres sobre valoración de secuelas, según informó el ICAV en un comunicado.

Uno de los problemas apuntados por el responsable de la Unidad de Valoración Integral es la "disparidad de criterios" a la hora de solicitar el informe por parte de las unidades judiciales. "Necesitamos que se especifique claramente qué tipo de prueba pericial se precisa cuando se nos remite la solicitud reconocimiento. En ocasiones, se solicita una valoración médica general y tenemos que contactar con el juzgado correspondiente para averiguar si es psicológica, de lesiones o de secuelas. Esto dilata innecesariamente el proceso", explicó Mayans.

A la sesión asistió también la psicóloga de la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal de Valencia, Francisca Savall, quien subrayó que el objetivo de los informes psicológicos es constatar "la existencia de un supuesto maltrato, verificar las secuelas psicológicas existentes y establecer un nexo de causa-efecto entre el testimonio de la denunciante y el posible daño psicológico que se está valorando".

Afirmó que se realizan también valoraciones a los propios imputados (para detectar posibles trastornos mentales o simplemente para valorar su estado emocional) o también a los menores hijos de las mujeres víctimas del maltrato (únicamente en procedimientos penales, cuando las madres ya han denunciado).

Savall señaló, por otra parte, que las secuelas más frecuentes del maltrato psicológico constante son cuadros de ansiedad y depresión, pérdida de autoestima y sentimiento de culpa, así como aislamiento social, provocado por la vergüenza respecto a la situación que viven o por los propios límites que marca el agresor. En ocasiones, agregó, las pacientes presentan incluso trastornos psicosomáticos y sexuales, como insomnio, caída del cabello, pérdida del apetito o inapetencia sexual.

"Estas mujeres suelen acudir frecuentemente al médico de cabecera por síntomas físicos, cuando lo que hay detrás es un cuadro de maltrato psicológico con diferentes secuelas", subrayó Francisca Savall.

Derecho a no declarar

La fiscal de Violencia Doméstica de la Fiscalía de Valencia Ana Mª Palomar centró su exposición en la valoración de las pruebas en los procesos judiciales sobre violencia doméstica, distinguiendo entre pruebas testificales y periciales.

Respecto a las primeras, y concretamente sobre el derecho a no declarar contra la pareja que asiste a las uniones matrimoniales y análogas al matrimonio, la fiscal explicó que la Fiscalía General del Estado va a proponer una modificación legislativa para que la mujer que ya haya denunciado no pueda acogerse a este derecho, ya que es incoherente con la denuncia ya presentada. "Por el contrario, en el caso de la mujer que no ha denunciado, y que han sido otros quienes lo han hecho por ella, sí podría acogerse a la dispensa de declarar", apuntó.

Por otro lado, esta experta indicó que la Fiscalía persigue "delitos, no faltas", ya que la Ley Integral sobre Violencia de Género no hace distinción y prevé la instrucción de estos casos por la vía penal. Respecto a las pruebas periciales, la fiscal manifestó que la Unidad de Valoración Integral del Instituto de Medicina Legal "es fundamental para probar delitos de violencia psicológica, violencia habitual o violencia hacia menores hijos de mujeres maltratadas".

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