El Gobierno valenciano alega al recurso del Gobierno central que el 'parany' es selectivo y no delictivo

El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, Juan Cotino, presentó hoy un informe en el pleno del Consell celebrado en Castellón que recoge las alegaciones al recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central a la reforma de varios artículos de la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana para legalizar el 'parany', en el que se señala que esta modalidad de caza es selectiva y no es delictiva, según explicó hoy la portavoz del Ejecutivo valenciano, Paula Sánchez de León.

El conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, Juan Cotino, presentó hoy un informe en el pleno del Consell celebrado en Castellón que recoge las alegaciones al recurso de inconstitucionalidad del Gobierno central a la reforma de varios artículos de la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana para legalizar el 'parany', en el que se señala que esta modalidad de caza es selectiva y no es delictiva, según explicó hoy la portavoz del Ejecutivo valenciano, Paula Sánchez de León.

Cotino informó que el 29 de marzo se presentaron las alegaciones al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central, que suspendía inmediatamente la efectividad de la Ley aprobada de forma prácticamente unánime por las Corts, con el apoyo del PP, el PSOE y el Bloc.

Las alegaciones presentadas por la Abogacía de la Generalitat Valenciana se centran en que la caza es una competencia exclusiva de la Comunitat Valenciana, en que el Consell aporta evidencias científicas y jurídicias de que el 'parany' es una modalidad de caza que se puede practicar de un modo selectivo y en que la jurisprudencia ha determinado que la caza con 'parany' no es delictiva, en contra de lo manifestado por el Gobierno central.

Así, se alega que el Tribunal Constitucional ha establecido que las comunidades autónomas son competentes par determinar si los métodos de caza son selectivos, según sentencia del TC 102/1995; que la Ley básica estatal del Patrimonio Natural y Biodiversidad no concreta el término de 'selectividad', por lo que debe ser desarrollado por las comunidades autónomas; y que la Ley 7/2009 de reforma de la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana se ajusta a la actual Directiva de Aves.

En cuanto a la selectividad del 'parany', la Generalitat ha presentado informe científico del Institut Méditerranéen du Patrimoine Cynégétique et Faunistique demostrando dicha selectividad.

Así, el Consell alega que en la pruebas científicas realizadas en la Comunitat por este instituto, el 90 por ciento de las capturas son todos y el 10 por ciento otras especies. Además, el 93 por ciento de las aves capturadas vuelan espontáneamente tras su liberación y el Ministerio de Medio Ambiente admite como porcentaje de selectividad el 80 por ciento -en el 'parany' se ha probado un 90 por ciento-.

Por otra parte, el Consell alega que el Tribunal de Justicia Europeo determinó que una modalidad de caza tradicional en Francia de tordos, similar al 'parany', se considera ajustada a derecho. El informe destaca que la Audiencia Provincial de Tarragona, en pleno de la Sala Penal, ha determinado que la caza con 'parany' -barraca en Cataluña- no es delictiva.

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