El Gobierno valenciano aprueba el anteproyecto de Ley de Juventud de la Comunitat Valenciana

La consellera de Bienestar Social, Angélica Such, informó hoy de la aprobación del anteproyecto de ley de Juventud de la Comunitat Valenciana, con el objetivo de "actualizar la legislación y adaptarla a los nuevos retos y necesidades que demandan los jóvenes del siglo XXI" y en el que se prevé la creación de un Observatorio de la Juventud.

Such, en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell, explicó que esta norma contempla la transformación del Institut Valencià de la Joventut en Generalitat Jove, el Pla Jove, la transversalidad de las políticas en materia de juventud y los órganos de participación como el Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana y el Observatori de la Joventut. Asimismo, aseguró que el texto ha sido consensuado con las organizaciones juveniles.

Según destacó, los jóvenes son un sector social "con un peso innegable" en la estructura demográfica de la Comunitat, por lo que la normativa contiene un conjunto de medidas articuladas para favorecer y facilitar su óptimo desarrollo como ciudadanos. En la Comunitat Valenciana hay en la actualidad 1.569.949 jóvenes de 14 a 35 años, lo que representa el 31,2% de la población.

Entre los principios que inspiran la nueva Ley de Juventud figuran la difusión, entre la juventud, de los valores democráticos, constitucionales y estatutarios; la búsqueda de la igualdad de oportunidades, y el fomento de la participación juvenil. Asimismo, contempla la promoción y fomento de la lengua y cultura valenciana, la proximidad y universalidad de los servicios a la juventud así como el respeto y protección de la multiculturalidad y la diversidad.

El texto considera personas jóvenes a las comprendidas entre los 14 y los 30 años, inclusive. No obstante, para la ejecución de programas o actuaciones relacionadas con el proceso de independencia familiar de los jóvenes y con la constitución de un hogar independiente, tal es el caso de las políticas de ayudas para compra o alquiler de vivienda o acceso a planes de empleo, la consideración se puede extender hasta los 35 años.

Such indicó que el Observatori de la Joventut de la Comunitat Valenciana, será un órgano consultivo de carácter técnico adscrito a Generalitat Jove, que permitirá obtener información y realizar los análisis necesarios sobre la realidad de la juventud de la Comunitat.

Uno de los cambios "más relevantes" que introduce la Ley, es la nueva denominación del órgano encargado de coordinar las políticas de juventud en el ámbito de la Comunitat Valenciana. El Institut Valencià de la Joventut pasa a denominarse Generalitat Jove, aunque sigue siendo un organismo autónomo de la Generalitat.

Con este cambio de tendencia, ya no se considera al Institut Valencià de la Joventut sólo como un ente pionero de la política en materia de juventud de la Generalitat, sino que lo impulsa hacia labores de coordinación de todas las políticas juveniles de la Administración Valenciana, de manera que la política juvenil se coordinará e informará a los ciudadanos jóvenes de la Comunitat desde Generalitat Jove.

A partir de la aprobación de la nueva Ley, los jóvenes "tendrán de un modo más ágil el acceso a toda la información de la Generalitat que les resulte útil", ya que Generalitat Jove le proporcionará la información "no solamente de los programas y actuaciones que gestiona, sino de todas las medidas que desarrolla toda la administración autonómica valenciana en materia juvenil, a través de la Ventanilla Única Jove". Así, la Generalitat Jove asume todos los medios personales, materiales y los recursos económicos de los que disponía el Institut.

Participación juvenil

El Título II del anteproyecto se dedica a la participación juvenil en el que se prevén instrumentos estables de financiación para todas las formas organizadas de participación juvenil, con especial mención del Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana y de los consejos locales.

Tanto el Consell de la Joventut de la Comunitat Valenciana como los consejos locales adoptan, en esta Ley, la forma jurídica de corporaciones públicas sectoriales de base privada con personalidad jurídica propia y con plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

En lo relativo a las políticas en materia de juventud, destacael Pla Jove que será el instrumento a través del cual Generalitat Jove planificará y establecerá todas las actuaciones y medidas concretas que las distintas Consellerias vayan a realizar durante el tiempo que se determine en el Plan.

El Pla Jove deberá incidir prioritariamente por considerarse esenciales para el desarrollo de los jóvenes: familia, vivienda, empleo, salud, consumo, formación, investigación, cultura, deporte, turismo, ocio, seguridad vial, medio rural, medio natural y solidaridad.

Por otra parte, la Ley prevé la creación mediante decreto del Observatori de la Joventut de la Comunitat Valenciana como órgano adscrito a la Generalitat Jove. Tendrá un carácter consultivo, y su misión será investigar, estudiar y emitir informes sobre la realidad juvenil en la Comunitat Valenciana. Los análisis y las conclusiones del citado órgano le servirán a la Generalitat para conocer los problemas y preocupaciones de los jóvenes y así poder desarrollar programas que respondan a sus necesidades reales.

Asimismo, se ha establecido un sistema de controles del gasto que parecen oportunos en una corporación que se nutre fundamentalmente de los presupuestos de la Generalitat para asegurar su actividad, controles que, por otra parte, no son extraños a este tipo de corporaciones.

Por último, el Capítulo IV de la Ley establece un régimen sancionador que se concentra en las actividades destinadas a los jóvenes y llevadas a cabo por la iniciativa privada, y en la regulación del régimen disciplinario de residencias, albergues y campamentos.

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