El Gobierno subirá el umbral del sueldo no embargable ante impagos de hipotecas

  • El Ejecutivo ha acordado también en el plan anticrisis aplicar un tipo superreducido de IVA a los servicios de atención.
  • Además, el Gobierno se vuelca con las pymes, a las que facilitará el crédito y las operaciones financieras.
  • Se ampliará la norma que permite a las empresas seguir operando aunque tengan pérdidas por encima del 50% de su capital.
Edificios de viviendas.
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Edificios de viviendas.

El Gobierno ha aceptado incluir en su documento para llegar a un pacto político anticrisis, conformado tras las negociaciones con los diferentes partidos, reformar la ley de Enjuiciamiento Civil para elevar el umbral del sueldo que no se puede embargar en una ejecución hipotecaria y aplicar un tipo superreducido de IVA a los servicios de atención. Es un texto definitivo en el que no se incluirán nuevas propuestas, sino sólo "observaciones" sobre las medidas que ya contiene.

Cuando una entidad bancaria ejecuta el embargo de una vivienda y con la venta de ésta no satisface el importe de la hipoteca, se obliga al cliente a seguir pagando el resto del préstamo, mediante el embargo de parte de su sueldo. Hasta ahora, sólo el equivalente al salario mínimo era no embargable, un importe cercano a los 600 euros, que aumentará gracias a la nueva medida.

Estas son algunas de las novedades que ha incorporado el Ejecutivo a su texto definitivo, que espera aprobar el próximo martes en Consejo de Ministros. La demanda para aumentar el umbral del sueldo que no puede ser embargado la ha solicitado IU-ICV, mientras que el IVA reducido para la dependencia CiU.

El Gobierno se volcará además con las pymes, y entre otras medidas ampliará hasta 2010 la normativa que permite a las empresas seguir operando aunque sus pérdidas estén por encima del 50% del capital social o los recursos de la propia empresa, con un plazo máximo de un año.

En cuanto a las primeras iniciativas que fueron aceptadas por los grupos se especifica que antes del 15 de junio se iniciará la actividad del Instituto de Crédito Oficial (ICO) de los préstamos directos a pymes, con un importe máximo de 200.000 euros por operación y en las que ese organismo crediticio público asume el 100% del riesgo.

Mayor acceso al crédito

También para facilitar el acceso de las pymes al crédito se reducen los plazos y trámites de contratación y se instruye al ICO para que eleve los topes de riesgo que asume. En paralelo, se flexibilizan los requisitos de reinversión de los fondos derivados de las titulizaciones FTPYME, permitiendo que se destinen a financiar activo circulante de las pymes.

También se flexibilizan para las pymes los requisitos para recuperar el IVA en el caso de impago de facturas, así como acortar el plazo de un año a 6 meses.

Para incrementar el volumen de reafianzamiento de las Sociedades de Garantía Recíproca se habilita al ICO a adoptar convenios que permitan la canalización de operaciones, lo que le supondrá al Instituto compartir el aval de estas operaciones. Para impulsar la creación de empleo se fomentan las actuaciones de rehabilitación y eficiencia energética en el sector de la construcción.

Así, se reduce el IVA para todo tipo de obras de mejora de vivienda, fijando el tipo reducido para las obras realizadas hasta 31 de diciembre de 2012 y ampliando el límite máximo del coste de materiales hasta el 30% del precio de la actuación. Se crea una nueva deducción en el IRPF por obras de mejora de la vivienda habitual, que se hagan antes del 31 de diciembre de 2012.

La deducción será del 10% para contribuyentes de renta inferior a 33.007 euros, con un límite del 4.000 euros anuales por vivienda, pudiendo deducirse las cantidades excedentes a lo largo de los cuatro ejercicios siguientes y con un máximo total de 12.000 euros. La deducción decrecerá progresivamente para los contribuyentes con rentas entre 33.007 y 39.407,20 euros, según el texto.

En materia de infraestructuras, y a petición de Coalición Canaria, se aplicará una subvención del 50% del importe de las tasas de aterrizaje y de la tarifa B1 por los vuelos con origen o destino a los aeropuertos canarios en días semanales determinados, desde el 26 de marzo de 2010 hasta el 31 de diciembre de 2012.

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