El Congreso aprueba que la administración pague a las empresas en 30 días

  • Sin embargo, hay un período transitorio de aplicación que hará que no se apliquen los nuevos plazos hasta comienzos de 2013.
  • El sector privado deberá pagar entonces en 60 días.
  • Además, no se podrá negociar un plazo mayor y el tiempo comenzará a contar desde la entrega de los bienes o la prestación de los servicios.
Las empresas y administraciones deberán pagar antes a los proveedores.
Las empresas y administraciones deberán pagar antes a los proveedores.
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Las empresas y administraciones deberán pagar antes a los proveedores.

La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó este martes, con competencia legislativa plena, una proposición de ley para limitar a 30 días el plazo en que la administración debe pagar a las empresas proveedoras.

La proposición supone la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales, que establecía un régimen general de pago a 60 días, con excepciones a 90 días y una limitación de 30 para los bienes perecederos.

A partir de ahora, la administración deberá pagar en un plazo máximo de 30 días, mientras que el sector privado deberá hacerlo en 60 días a partir del momento en que sus proveedores entreguen los bienes o presten los servicios contratados.

Según algunas estadísticas manejadas por los grupos parlamentarios, el plazo efectivo de pago es de unos cien días en el sector privado, de 140 en la administración central, de 150 en la autonómica y de 238 días en la local.

La iniciativa, que fue presentada por CiU y ha sido aprobada por unanimidad en gran parte de su articulado tras ser transaccionada, introduce un periodo transitorio de aplicación, de modo que la administración deberá reducir el pago a las empresas a 55 días desde su entrada en vigor; a 50 días a partir del 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días a comienzos de 2013.

Según el texto de la norma, que ahora deberá pasar por el Senado antes de su aprobación definitiva, los pagos efectivos entre empresas en las operaciones comerciales deberán hacerse en un plazo máximo de 60 días.

El sector privado también contará con un periodo transitorio para reducir los plazos de pago a sus proveedores, a 85 días desde su entrada en vigor; a 75 días a partir de enero de 2012, y a 60 días en enero de 2013.

Una de las principales novedades es la supresión de la cláusula que permitía a las partes acordar un plazo de pago superior al establecido con carácter general por la normativa. La aplicación de esta cláusula suponía en la práctica el incumplimiento de los plazos marcados por la Ley, puesto que permitía a las grandes empresas imponer sus condiciones a sus proveedores, normalmente pymes sin capacidad de negociación.

La cláusula ha sido suprimida por acuerdo de todos los grupos parlamentarios, a excepción del PSOE, que proponía mantenerla para las empresas proveedoras con una facturación superior a 100 millones de euros.

Además, el plazo de pago comenzará a correr a partir de ahora desde el momento en que se produzca la entrega de los bienes o la prestación de los servicios contratados, y no desde la fecha de emisión de las facturas.

Según el texto aprobado, corresponderá al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio el seguimiento de la aplicación la nueva normativa, de modo que el Gobierno pueda remitir a las Cortes un informe anual con la información sobre los plazos de pago y la morosidad en las transacciones comerciales.

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