Según la calificación del ministerio público, a la que tuvo acceso Europa Press, el procesado levantó la vivienda de planta cuadrada con tejado a cuatro aguas y porche, sobre la que el Ayuntamiento de la localidad decretó una suspensión, que fue debidamente notificada al encartado.
El fiscal apunta que dicha edificación se ha realizado "sin la preceptiva autorización o licencia municipal, sobre suelo no urbanizable conforme a la legislación y planeamiento urbanístico vigentes y por tanto no autorizable".
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