El Gobierno cántabro aprobará mañana el Reglamento de la Ley de Control Ambiental Integrado

Esta norma aclarará muchos de los aspectos que la Ley dejaba pendientes para un posterior desarrollo

El Consejo de Gobierno de Cantabria aprobará mañana el Reglamento que desarrolla la Ley de Control Ambiental Integrado, aprobada en diciembre de 2006. Con este texto se aporta una "nueva luz" en el "complicado marco" legal aplicable, aclarando muchos aspectos que hasta la fecha la Ley dejaba pendiente de desarrollar.

Así, según explicó el consejero de Medio Ambiente, Francisco Martín, mediante este reglamento se desarrolla detalladamente la tramitación de las técnicas ambientales recogidas en la Ley, en concreto, la autorización ambiental integrada, la evaluación ambiental de planes y programas, la evaluación de impacto ambiental de proyectos y la comprobación ambiental.

De este modo, se aclaran las obligaciones legales que tienen todas las partes afectadas, tanto las obligaciones de las administraciones públicas como las de quienes pretenden promover o implantar un plan, programa, proyecto o actividad.

En lo que se refiere al procedimiento aplicable para obtener el pronunciamiento ambiental correspondiente, el Reglamento aclara, entre otras cuestiones, el contenido de las solicitudes o comunicaciones que deben presentarse ante la administración, los plazos con los que cuenta ésta para pronunciarse, los informes sectoriales que se deben solicitar o las consecuencias del incumplimiento de los plazos, tanto por parte del solicitante, como por parte de las distintas administraciones afectadas.

Además, según señala el Gobierno en un comunicado, el reglamento hace un esfuerzo de "vital importancia" para coordinar el control ambiental autonómico con el control ambiental municipal, con el consiguiente incremento de la seguridad jurídica en esta materia.

Para ello, "con un espíritu integrador y coordinador", se explican las relaciones entre ambos, distinguiendo el control que lleva a cabo el órgano ambiental autonómico del que deben efectuar, por su parte, los ayuntamientos en el momento de otorgar las licencias municipales.

Tradicionalmente esto ha sido una materia discutida "que se zanja de forma definitiva, más aún" con la derogación del antiguo Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, indicó el Ejecutivo.

El Reglamento dedica especial atención a la disciplina ambiental, regulando la actividad inspectora de la administración y los derechos y obligaciones que ostentan tanto los inspectores como los inspeccionados.

El texto ha seguido una "dilatada" tramitación en la que se han tenido en cuenta las aportaciones de todas las consejerías del Gobierno de Cantabria, del Consejo Económico y Social, del Consejo Asesor de Medio Ambiente, de los Servicios Jurídicos y del Consejo de Estado.

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