¿Cuándo te interesa contratar una cuenta ahorro vivienda?

  • Tienen importantes desgravaciones fiscales: hasta el 15% de lo ahorrado durante cuatro años.
  • Pero sólo merecen la pena si se está seguro de comprar la primera vivienda en los siguientes seis años.
Un bloque de viviendas.
Un bloque de viviendas.
Un bloque de viviendas.

Los titulares de las cuentas ahorro vivienda (CAV) se benefician de una deducción fiscal del 15%, sobre un máximo de 9.015 euros anuales.

No está nada mal como forma de ahorro pero hay que tener la absoluta seguridad de que se va a adquirir un inmueble en el plazo de tiempo concedido.

Y es que una vez pasado el plazo concedido no se adquiere un inmueble, es obligatorio realizar una declaración complementaria para reembolsar al Estado estas ayudas que se han ido percibiendo.

Además el piso que se adquiera debe ser siempre la primera vivienda y también la vivienda habitual. Debe ser ocupada en un plazo de doce meses desde la adquisición o el final de sus obras.

Es decir, que no es posible adquirir el piso para luego alquilarlo inmediatamente.

Por eso los beneficiarios de estas cuentas suelen ser los jóvenes que buscan su independencia, aunque no son los únicos.

Hasta la reforma de noviembre de 2008, el plazo que se tenía  para comprar una vivienda era de cuatro años. El Gobierno lo amplió porque más de 50.000 titulares se enfrentaban al pago de las deducciones y los intereses al no haber podido comprar un inmueble. Eso sí, los dos años adicionales no pueden deducirse de la declaración.

Más cosas a tener en cuenta:

  • Una misma persona no puede tener más de una cuenta ahorro vivienda contratada.
  • Un truco. Cuanto más al final del periodo fiscal se abra la cuenta, de más tiempo se dispondrá para ahorrar y encontrar una vivienda.
  • El titular de una CAV tiene todo el derecho del mundo de llevarse su cuenta a otra entidad financiera, algo de lo que no siempre informan los bancos.
  • Y que nadie espere a que el banco avise de su cumplimiento: no tienen obligación y, por tanto, no suelen hacerlo.
  • En el País Vasco y Navarra el plazo es de seis y siete años, todos desgravables.
  • No es necesario que la cuenta tenga el nombre oficial de ahorro para vivienda, cualquier cuenta de ahorro vale para tal fin si así lo declara.
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