El CES dictamina favorablemente sobre el texto refundido de la LOTAU, pero recomienda una mayor participación ciudadana

El Pleno del Consejo Económico y Social de Castilla-La Mancha, que dictaminó hoy favorablemente y por unanimidad dos proyectos de Decreto en materia de urbanismo, uno de ellos el Proyecto de Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU), recomendó una mayor participación de los ciudadanos en materia urbanística.
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El Pleno del Consejo Económico y Social de Castilla-La Mancha, que dictaminó hoy favorablemente y por unanimidad dos proyectos de Decreto en materia de urbanismo, uno de ellos el Proyecto de Decreto Legislativo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (LOTAU), recomendó una mayor participación de los ciudadanos en materia urbanística.

El dictamen del CES destaca, según explicó este organismo en nota de prensa, que el texto refundido constituirá la segunda refundición normativa autonómica de la legislación urbanística. Este hecho se considera positivo por cuanto tiene la pretensión de aclarar la enorme complejidad de la materia que se aborda, potenciada por los cambios y modificaciones que se suceden en el tiempo y que obligan a consiguientes recapitulaciones de las normas vigentes en aras de su armonización, racionalización y más adecuada comprensión.

En este sentido, de la refundición objeto de dictamen se valoran positivamente ciertas precisiones técnicas que mejoran y armonizan el texto vigente así como la acomodación de sus términos a la normativa que está en uso. No obstante, desde el Consejo se considera que existen mayores posibilidades de armonización y cita como ejemplo que sería deseable extender el derecho de participación e información de los ciudadanos en materia urbanística haciéndolo coincidir con los términos planteados por la legislación básica estatal.

El otro de los proyectos dictaminados es el Decreto por el que se modifica el Reglamento de Suelo Rústico, aprobado por Decreto 242/2004, de 27 de julio, que al CES le merece un juicio global positivo y favorable en la medida que los cambios que en él se plantean se justifican en el deseo de mejorar la sistemática de la norma, evitando las reiteraciones que se contienen en el Reglamento vigente.

El CES explica que entre los aspectos que el dictamen del Consejo destaca como positivos se encuentran la incorporación inicial de una definición sobre conceptos jurídicos indeterminados de tanta aplicación práctica en el urbanismo como los de "riesgo de formación de núcleo de población" o el de "unidad rústica apta para la edificación".

También se valora la más pormenorizada regulación del canon urbanístico de participación municipal en el uso y aprovechamiento del suelo rústico, concretándose ahora la exigencia de una liquidación provisional así como los criterios en función de los que ésta debe practicarse. Con ello, el CES considera que han de facilitarse las labores de gestión municipal y la seguridad jurídica de los operadores.

Otra cuestión que se destaca como muestra de agilidad es que para la tramitación de los procedimientos de calificación urbanística, se considera bastante la aportación de copia de las solicitudes de las concesiones, permisos o autorizaciones. De esta forma se garantiza el paralelismo entre unos y otros procedimientos, sin perjuicio de que sea en el momento de otorgar la licencia municipal cuando se constate la obtención efectiva de los requisitos exigidos.

Por último, en el dictamen del Consejo se señala que dadas las modificaciones previstas en este Proyecto, unidas a la complejidad de la materia y al hecho de que se han producido dos correcciones de errores de la norma vigente deberían llevar a plantearse la posibilidad de emanar un Decreto de suelo rústico de nueva planta y no reducirlo, como en esta iniciativa, a una simple modificación del existente.

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