La morosidad aumenta "ligeramente", en torno al 1,5%, en las comunidades de vecinos y locales comerciales

El presidente del Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla, Rafael del Olmo Garrudo, manifestó que la morosidad se incrementó "ligeramente", en torno al 1,5 por ciento de media en los polígonos industriales y edificios de oficinas y en las comunidades de propietarios, aunque el incremento fue algo mayor en polígonos y oficinas.

Del Olmo presentó hoy el balance de la situación de la vivienda administrada en Sevilla y provincia, donde precisó que la morosidad es uno de los principales objetivos que tiene la Corte de Arbitraje auspiciada por el Colegio de Administradores de Fincas, que se presentó hoy, ya que "con la aplicación de la futura Ley de Mediación, cualquier reclamación con un coste menor a los 6.000 euros pasará por este tribunal". Además, precisó que el tiempo estimado para resolver los conflictos está estimado en cuatro meses.

En una nota, el presidente de los administradores de fincas sevillanos indicó que el arbitraje "ha ido cobrando mucha importancia, tanto en el ámbito del comercio internacional como en los conflictos de carácter interno".

Agregó que el modelo aprobado por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Sevilla "supone una manera de desarrollar el arbitraje, en la que las partes dejan en manos de una Corte o Tribunal de Arbitraje el nombramiento de los árbitros y la gestión del mantenimiento, lo que proporciona ventajas como la mayor estabilidad en el desarrollo del proceso, la especialización por sectores o la previsión de medidas que permitan paliar las carencias procedimentales existentes en el régimen diseñado por la propia ley".

El pasado 15 de enero en junta general extraordinaria, el Colegio de Administradores de Fincas de Sevilla aprobó el estatuto y reglamento de la Corte de Arbitraje en asuntos inmobiliarios, de manera que, con esta nueva normativa establecida para el arbitraje en materia inmobiliaria por parte del colegio, se establece un tribunal con el que solucionar conflictos producidos entre la comunidad y sus integrantes, entre los propios integrantes de la comunidad o los que pudieran aparecer entre la comunidad y terceros.

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