El CES apuesta por no exigir licencia comercial específica ni informe previo a los grandes establecimientos comerciales

Considera "de máxima urgencia" adaptar la Ley de Comercio de Cantabria al derecho comunitario

El Consejo Económico y Social (CES) de Cantabria apuesta por no exigir licencia comercial específica ni informe previo a los grandes establecimientos comerciales. Además, considera "de máxima urgencia" adaptar la Ley de Comercio de Cantabria al derecho comunitario, según figura en el dictamen sobre el anteproyecto de ley para la reforma de la citada normativa regional. El texto se valora de forma positiva siempre que se atiendan las recomendaciones del Consejo.

La primera es la adaptación de la normativa autonómica al derecho comunitario, ya que las leyes de comercio, estructuras comerciales y ferias de Cantabria contienen disposiciones contrarias a la Directiva de Servicios y aún no han sido modificadas. Al igual que el Estado, Cantabria debió aprobar antes del 28 de diciembre de 2009 la adaptación de sus disposiciones a esta Directiva, aunque el Estado no aprobó la normativa de adaptación, a la que la comunidad está sometida, hasta el 23 de noviembre 2009.

Sin embargo, la reforma de "mayor calado" se refiere a la sujeción, a informe comercial de la Administración autonómica, de la autorización para la apertura e instalación de Grandes Establecimientos Comerciales. En este sentido, se exige para la instalación de un gran establecimiento comercial que el Ayuntamiento recabe un informe de la Consejería competente en materia de comercio, que será vinculante siempre y cuando sea negativo.

El problema de fondo, según el CES, radica en que sólo se indica que en dicho informe "se valorarán" unos criterios genéricos, lo que "deja la puerta abierta a la arbitrariedad administrativa". Por este motivo, para el CES es necesario revisar estos criterios, pues su actual redacción resulta "objetable" y además contraria a la Directiva.

De no ser así y mantener el sistema de informe previo, lo "imprescindible" para el Consejo es que se concreten los requisitos, tal y como establece la normativa comunitaria. Es decir, deben ser objetivos, "claros e inequívocos", y han de resultar "transparentes y fácilmente accesibles", lo que no ocurre el anteproyecto.

"Lo ideal" desde el punto de vista de la libertad de establecimiento sería, añade el CES, no exigir ni licencia comercial específica ni informe previo, como ocurre en Andalucía, donde existe un Plan de Establecimientos Comerciales, siendo el propio Ayuntamiento quién comprueba la adecuación de la solicitud.

Asimismo, se recomienda suprimir los criterios recogidos en el anteproyecto que supeditan la concesión de la autorización a cuestiones económicas, lo que prohíbe expresamente la Directiva de Servicios y la Ley de Ordenación del Comercio Minorista (LORCOMIN). Así, la incorporación preferente de los comerciantes locales, la incorporación de servicios comunes, de artesanos locales en el recinto del establecimiento, o la comercialización y distribución de los productos de la zona, son fórmulas comerciales que, aunque el CES pueda estimar adecuadas para el fomento del comercio regional, tienen carácter económico. Por lo tanto, el Consejo sugiere que se revise esta regulación que "parece contraria" a la Directiva.

Finalmente, el anteproyecto contempla la derogación de la Ley de Ordenación de los Certámenes Feriales Oficiales de Cantabria. En opinión del CES, sería preferible no derogar esta norma, que deja sin marco jurídico la celebración de la Feria de Muestras de Cantabria, sino adaptarlo a la regulación comunitaria, como se ha realizado en otras comunidades como Canarias o Murcia.

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