Los entresijos de la cesión de un alquiler

  • Son mucho más frecuentes de lo que parece: un compañero de piso que se va, una pareja que se separa...
  • Consiste en sustituir el nombre del arrendatario en ese mismo contrato.
En una cesión de un contrato de alquiler es imprescindible el consentimiento escrito del propietario.
En una cesión de un contrato de alquiler  es imprescindible el consentimiento escrito del propietario.
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En una cesión de un contrato de alquiler es imprescindible el consentimiento escrito del propietario.

¿En qué consiste una cesión? Pues sencillamente en que un arrendatario (una persona que vive de alquiler) traspase a otro individuo su posición jurídica en un contrato.

Es decir, cuando un propietario y un inquilino firman un contrato de arrendamiento, ambos firmantes tienen  unos derechos reconocidos y unas obligaciones que cumplir. Pero como en cualquier otro contrato los derechos sólo pueden ser exigidos y disfrutados por la persona que figuran en el mismo. Igual sucede con las obligaciones, que sólo pueden ser exigidas a ese firmante.

A efectos legales, una cesión sería como haber sustituido el nombre del titular en ese mismo contrato.

Las cesiones están al orden del día entre las operaciones inmobiliaria. Hay dos ejemplos típicos: el de un par de compañeros que comparten piso, pero sólo uno de ellos figura en el contrato. Si esa persona quiere abandonar la vivienda su amigo puede solicitar la cesión. No es preciso cancelar un contrato y dar de alta otro. También es frecuente cuando una pareja que vive de alquiler se separa.

¿Qué es necesario para llevar a cabo una cesión? Lo primero y más importante es tener el consentimiento del propietario del inmueble. Y es muy importante asegurarnos de tener ese consentimiento por escrito, ya que una cesión no consentida por el propietario es motivo de desalojo inmediato.

Es completamente lógico que el propietario tenga que dar su consentimiento. A fin de cuentas el inmueble es suyo y puede que tenga algo que objetar al nuevo inquilino, tal vez le preocupe su solvencia o sus costumbres.No hay que olvidar que un propietario es libre de vetar a un posible alquilado por las razones que quiera. Es una especie de derecho de admisiónarrendaterio.

La importancia de hacer bien las cosas. Hay una situación que no es tan rara como podría parecer: un alquilado al que llamaremos Pepe cede el alquiler a Juan, pero no se formaliza la cesión por que el propietario no está de acuerdo o por simple negligencia. Es decir, Juan disfruta del piso y paga puntualmente pero el contrato sigue a nombre de Juan.

¿Qué significa ésto? Pues que la obligación de pagar a efectos legales sigue siendo de Pepe. Si por lo que sea Juan desaparece dejando varios meses a deber y unos cuantos desperfectos,  el propietario podrá reclamarle a Pepe el pago judicialmente.

Puede parecer una cesión, pero no lo es, son simplemente nuevos contratos:

  • Si hay dos arrendatarios en un contrato y uno decide abandonar la vivienda. Según como esté redactado el contrato la otra persona podrá seguir sin hacer un nuevo contrato o no, pero no es una cesión.
  • Si al cambiar el nombre del inquilino cambia algún elemento sustancial del contrato, como el precio o el plazo, tampoco será una cesión
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