Tribunales.-AMPL.-Confirman el procesamiento de Roca, Von Bismark y letrados por una operación dentro de Malaya

La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado el procesamiento del presunto cerebro de la trama de corrupción en el Ayuntamiento de Marbella (Málaga), Juan Antonio Roca, de la empresaria Sandra Von Bismark, y de dos letrados por un presunto delito de blanqueo de capital con relación a una operación urbanística de compraventa de una parcela, investigada dentro del caso 'Malaya'.

A través de un auto, de 96 folios, al que tuvo acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia de Málaga ha desestimado los recursos de apelación presentados por los cuatro procesados contra el tercer auto de procesamiento de esta causa, contra la corrupción marbellí, dictado por el instructor Óscar Pérez el pasado año.

La investigación, realizada por el grupo III de Blanqueo de la Udyco-Costa del Sol, giró sobre la venta en diciembre de 1997 por parte de una sociedad vinculada a Von Bismark de unos terrenos de 17.000 metros cuadrados en la zona de Nagüeles adquiridos por 204.000 euros por una empresa gestionada por el bufete Sánchez Zubizarreta, participada por otra en la que Roca tenía un 50 por ciento.

Respecto a las alegaciones de forma, la Sala mantiene los mismos argumentos que en los otros dos autos anteriores en los que resolvía los recursos planteados por otros procesados en esta causa, al tiempo que sostiene, igualmente, que el auto de procesamiento "contiene una motivación adecuada y suficiente para justificar el dictado del mismo".

En lo que se refiere al fondo, el Tribunal insiste en la "necesidad de celebración del plenario para poder emitir un juicio real sobre la supuesta participación de los distintos procesados" y en que será en el juicio donde "habrá que dilucidar primero y resolver después en sentencia si la conducta de éstos fue dolosa o culposa y el carácter delictivo de su actuación".

Asimismo, se sostiene que será en ese momento en el que habrá que determinar si el delito ha prescrito, como alegaron las defensas, en función de la calificación que realicen las acusaciones, de la fecha que se tome de referencia y del tiempo transcurrido, según se desprende de la resolución.

En el caso concreto de Roca, la Sala apunta que "no puede hablarse de prescripción sin determinarse antes su participación en estos hechos, al no figurar, al parecer, en ninguno de los documentos referentes a la venta del terreno" ni tampoco participó, tal y como alegó la defensa, "en los actos preparatorios del contrato".

En este punto, da la razón al letrado, pero añade que "no es eso lo que parece que se le imputa, sino el estar tras ese entramado empresarial desde donde dirigía supuestamente la referida operación basándose, según el instructor, en su vinculación con el Ayuntamiento de Marbella en aquella fecha y en su capacidad decisoria en materia urbanística".

Señala que será esa presunta "relación de influencia y capacidad de decisión lo que tendrán que acreditar las acusaciones en el plenario como base y fundamento sobre los que se construye la mayor parte de las imputaciones contra el señor Roca, dilucidándose, además, si trabajó para el Ayuntamiento en la sociedad denominada Planeamiento 2000".

También afirma la Sección Primera que habrá que valorar en la sentencia, tras el juicio, "el valor de las declaraciones supuestamente incriminatorias de otros coprocesados" y si hubo "algún tipo de connivencia entre Roca y los imputados". En lo que respecta al letrado Francisco Antonio Soriano, determinar "si actuó en beneficio propio o como mero representante y fiduciario" de una sociedad, participada por otra vinculada a Roca.

Además, se tendrá que comprobar si su actuación "fue meramente profesional, sin intervenir en las negociaciones previas", sobre todo cuando, al parecer, se pago a través "de instrumentos mercantiles legales, como cheques y letras de cambio, que se compadecen mal con la reserva y sigilo características de las operaciones que las acusaciones reputan ilícitas".

Con relación al otro letrado, hermano del anterior, la Sala da la razón al recurrente, al afirmar que "su intervención en estos hechos es mucho menor, pues se deriva exclusivamente del hecho de formar parte del Gabinete Jurídico supuestamente gestor de los intereses patrimoniales y societarios del señor Roca" y ser representante de la sociedad que adquiere el terreno, vinculada al ex asesor.

Respecto a Von Bismarck, "quien ya reconoció que sabía que el señor Roca trabajaba en el Ayuntamiento, admitiendo que eso era un hecho público y notorio en la ciudad", dejó de ser administradora de la sociedad que vendía en 2000, según la defensa, mientras que el último pago se verifica en 2002, por lo que en el juicio habrá que resolver sobre "si hubo connivencia con Roca o si se trata de una mera relación comercial".

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