El TC admite a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley de Caza que permite el 'parany' y suspende su aplicación

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, contra la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana de 2009, que modifica en varios artículos a la anterior normativa de 2004 sobre la materia y que permite la modalidad del 'parany', cuya vigencia y aplicación queda suspendida desde la fecha de interposición del recurso, el pasado 26 de enero, para las partes del proceso, y en el día en que se publique en el BOE para terceros.

Se trata, en concreto, de los artículos a los que se refiere el recurso de inconstitucionalidad, contra el último párrafo del artículo 10 de la Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la Comunitat Valenciana, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley 7/2009, de 22 de octubre, de reforma de los artículos 7 y 10 de la normativa anterior.

La providencia da por "invocado por el presidente del Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución, lo que, a su tenor y conforme dispone el artículo 30 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), produce la suspensión de la vigencia y aplicación del precepto impugnado, desde la fecha de interposición del recurso, el pasado 26 de enero, para las partes del proceso, y en el día en que se publique en el BOE para terceros".

La incoación del recurso se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV). Además, la demanda y los recursos presentados se trasladarán al Congreso de los Diputados y al Senado, así como al Gobierno de la Generalitat y a las Corts, a través de sus respectivos presidentes, con el fin de que "en el plazo de 15 días, puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que estimaren convenientes".

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de enero un Acuerdo por el que se solicitaba al presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana de 2009, que modificaba en varios artículos a la anterior normativa de 2004 sobre la materia y que permitía la modalidad del 'parany'. En concreto, se decidió impugnar, de acuerdo con el Consejo de Estado, el último párrafo del artículo 10 de la Ley de 2004, que fue modificado por la normativa de 2009.

El Ejecutivo consideraba que esta Ley autonómica vulneraba las competencias básicas que ostenta el Estado en materia de medio ambiente —en concreto, la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que incorpora al ordenamiento español lo dispuesto en la normativa comunitaria sobre conservación de las aves silvestres y fija que no se puede incluir la utilización de métodos prohibidos en la Unión Europea— al permitir como método tradicional de caza de aves el 'parany'.

Esta modalidad de captura consiste en la colocación en la parte superior de los árboles de unas varillas conocidas como 'liga', impregnadas con una sustancia adhesiva, que actúa como trampa para los pájaros.

En ese momento, el Gobierno valenciano lamentó que el Ejecutivo central "volviera a atacarle" con la Ley de Caza de la Comunitat de 2009, e hiciera "oídos sordos" a su trabajo para proteger esta tradición.

Por su parte, la Asociación de Paranyers de la Comunitat Valenciana (Apaval) entregó el 29 de enero una carta al presidente del Gobierno en la que le se solicitaba que reconsiderase el acuerdo del Consejo de Ministros de someter a su decisión la interposición de un recurso de inconstitucionalidad a la reforma de la Ley de Caza de la Comunitat Valenciana que permite el parany. El presidente de Apaval, Pasqual Batalla, indicó que la intención del escrito era demostrar "con estudios científicos y argumentos", que la caza con 'parany' es "selectiva y no masiva".

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