Un guía espiritual que se hizo pasar por fisioterapeuta para abusar de una mujer pagará una multa de 3.600?

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un guía espiritual que se hizo pasar por fisioterapeuta para abusar de una mujer a la que efectuó un masaje "energético" a pagar una multa de 3.600 euros. La mujer, cuando se percató de lo que estaba pasando, le manifestó que quería irse, y él le contestó que "no le diera importancia, que era humano".

Según consta como probado en la sentencia, el hombre, mayor de edad y sin antecedentes penales, ejercía su actividad de guía espiritual en un templo hindú de yoga de Valencia, lugar en el que se realizaban esta clase de ejercicios.

Recibió, hasta en dos ocasiones, a una pareja —la víctima y su compañero sentimental—, con quien habló de temas emocionales. Le comentó a la mujer que acudiera sola al templo el día 24 de agosto de 2007.

Al llegar ese día, la mujer se presentó en el templo sobre las 10.00 horas y el hombre le manifestó que era fisioterapeuta y le recomendó efectuarle un masaje "energético". Así, le hizo pasar a una sala de masajes y le dijo que se quedara con la ropa interior y que se quitara el sujetador.

El hombre comenzó el masaje y cuando pasaba por la zona de los pechos se los tocó varias veces, y aunque la mujer se incomodaba, éste le decía que se relajara y se dejara llevar. Poco después le siguió tocando y, ante esta situación, la mujer le manifestó que quería irse inmediatamente.

En ese momento, el hombre le pidió perdón, le dijo que no se lo tomara a mal, le comentó que era una chica "muy guapa" y que "no le diera importancia, que él era humano".

Después de este incidente, la mujer, que renunció a cualquier indemnización, presentó una denuncia el día 24 de agosto contra este hombre, que estuvo en tratamiento durante los años 2004 y 2005 por trastorno depresivo mayor, pero esta circunstancia, según la Sala, "no le afectaba en modo alguno a las bases biológicas de su imputabilidad".

Por este motivo, el tribunal acuerda condenarle a pagar una multa de 20 meses con una cuota diaria de seis euros por un delito de abuso sexual sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Contra esta resolución cabe recurso de casación en un término de cinco días.

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