Tribunales.- El acusado de atropellar a su pareja por celos con su bebé en brazos niega los hechos

R.R.G., el individuo acusado de arrollar con el coche a su pareja sentimental por una cuestión de celos, todo ello mientras la afectada tenía en brazos a su bebé de siete meses, negó hoy todos los hechos que se le imputan durante la celebración del juicio en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Durante la vista oral, el acusado negó en todo momento que sometiera a P.C.F. a un trato vejatorio y humillante, con continuos insultos, desprecios y agresiones físicas consistentes en puñetazos, patadas y golpes con palos, ocasionándole con ello moratones e inflamaciones por todo el cuerpo de las que casi nunca ha sido asistida médicamente, según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación.

Asimismo, negó también que, en una ocasión, la víctima se levantara a media noche en su domicilio y sorprendiera al acusado encima de ella, al tiempo que le daba con un ladrillo en la cabeza, asegurando que ella tropezó y cayó, de ahí la cicatriz que supuestamente le ocasionó el golpe en la cabeza, al tiempo que preguntó retóricamente cómo un padre de familia iba a querer matar a su mujer.

En declaraciones a los medios en las puertas de la Audiencia de Sevilla, el abogado defensor, Juan Manuel Gabella, consideró que existen "contradicciones" entre la versión de su defendido y la víctima, al tiempo que aseguró que "no existe alevosía y ánimo de matar" por parte de su cliente el día de los hechos.

En este sentido, explicó que "no hay ánimo de matar" en esta actuación, ya que acusado y víctima se encontraban en un "descampado, solos, no había nadie y podía haberla atropellado otra vez con el vehículo". Además, dijo Gabella, "tenía un hacha y otra serie de instrumentos en el coche y si la hubiera querido matar, la hubiera matado". "No lo ha hecho, por lo que ese ánimo de matar no existe", admitió.

Asimismo, aclaró que no se han podido verificar las demás agresiones que la víctima aseguró que sufrió porque fueron retiradas, por lo que reiteró que "existen versiones contradictorias". "Estamos hablando de hechos que ocurrieron hace muchos años y esta señora ha vuelto con él voluntariamente, por lo que miedo a volver con él no había y ese maltrato psicológico no ha existido", sentenció.

Caso "muy claro" de violencia

Por su parte, la abogada de la acusación particular, Amparo Díaz, aseguró que la condena "está conseguida" porque se trata de un caso "muy claro" de violencia de género en el que hay "evidencias físicas y testigos", si bien señaló que su "reto" es la "recuperación de la víctima y conseguir que supere las situaciones tan traumáticas que ha vivido y tanto ella como sus hijos puedan tener una vida normal".

En cuanto a la actitud del acusado para con sus hijos, Díaz manifestó que este hecho "no ha sido objeto de enjuiciamiento" aunque indicó que "del desarrollo del juicio se desprende que la conducta violenta se hacía con frecuencia en presencia de los hijos" de ambos.

Por otra parte, Díaz afirmó, respecto a las denuncias retiradas con anterioridad por su cliente, que éstas "no eran inventadas", a lo que añadió que "es frecuente entre las mujeres maltratadas que retiren las denuncias". Ante esto, dijo que han sido "oportunidades" que la víctima le ha ido dando a su agresor y que la administración de Justicia ha tenido que ir absolviendo "pero ahora hay evidencias tan grandes que la sentencia va a ser condenatoria", reiteró.

Respecto a los hechos por los que se juzga al acusado, la abogada de la víctima apuntó que el agresor aprovechó "una situación de falta de personas", si bien matizó que "afortunadamente había una autovía cercana" y un testigo pudo ver "cómo hay una trayectoria de un coche que impacta contra la víctima y que pone en evidencia que la declaración de él es falsa"

Por consiguiente, prosiguió la letrada, este testigo es "una prueba fundamental", así como los "datos físicos" del vehículo que evidencian que ha habido "un impacto en la parte trasera" del mismo y las "lesiones" de ella, que se corresponden "perfectamente" con el impacto.

Los hechos

Según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, el día 15 de abril de 2008, después de dejar por la mañana a cuatro de sus hijos en la parada del autobús que los llevaba al colegio, el imputado y su pareja, junto con el menor de sus hijos de seis meses de edad, se montaron en el vehículo familiar y partieron hacia la localidad sevillana de La Algaba con la intención de dar un paseo.

En un momento dado del trayecto, según agrega la Fiscalía, el acusado se metió por un camino que llevaba a un descampado, estacionando el vehículo y diciendo que iba a hacer sus necesidades, aunque, de forma sorpresiva, se volvió a montar en el coche, sacó de la guantera un destornillador y se giró hacia su pareja con el objetivo de clavárselo en el pecho, al tiempo que le exigía explicaciones de la relación que podía estar manteniendo con otro hombre.

La víctima consiguió salir del coche, pero entonces el encartado puso en marcha el vehículo y, con la intención de acabar con la vida de su pareja, aceleró a gran velocidad, impactando contra la perjudicada —que se encontraba de espaldas— de forma brutal, lanzándola por los aires a unos dos metros de altura y varios metros hacia atrás, cayendo violentamente al suelo.

Asimismo, el fiscal pone de manifiesto que, pese a los gritos de auxilio de la víctima, el acusado se acercó a ella y comenzó a propinarle patadas en el vientre y el estómago, aunque la afectada, malherida, pudo huir y pedir auxilio a una furgoneta, cuyos ocupantes ayudaron a la víctima, todo ello con al auxilio de un agente de la Policía Local que pasaba por el lugar de los hechos.

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