La jueza decreta el sobreseimiento de la causa por presuntas irregularidades en la gestión de la Cidade da Cultura

Cree que las acusaciones "no quedan acreditadas" a pesar del "esfuerzo y rigor" de una investigación "compleja"

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 1 de Santiago de Compostela Ana López-Suevos, decretó hoy el sobreseimiento provisional de la causa iniciada por el sindicato CIG y la plataforma 'Cultura si, mausoleo non' por presuntas irregularidades en la gestión de la Cidade da Cultura.

Así, según recoge el auto, a pesar del "esfuerzo y rigor demostrado" por todos los participantes en la investigación "no quedan acreditados" los hechos objeto de denuncia, entre los que figuraban la posible utilización de una red clientelar de empresas presuntamente creada por miembros del Gobierno de la Xunta, o el fraude en la gestión y planificación del complejo.

En este punto, la jueza considera que "no queda demostrado" que ninguna de estas actuaciones fuese "objeto de delito", por lo que acuerda el sobreseimiento provisional del caso, ante el que los implicados podrán interponer recurso de forma o apelación en un plazo de tres días.

La denuncia, tal y como recuerda el auto, fue interpuesta por la CIG el 13 de agosto de 2007 a tenor de las irregularidades detectadas en el informe del Consello de Contas sobre la Fundación Cidade da Cultura. El 25 do octubre de ese mismo año fue decretado el sobreseimiento provisional de la causa, auto que fue recurrido por el Ministerio Fiscal y por María del Mar Peteira, miembro de la plataforma 'Cultura si, mausoleo non'. Este último recurso fue estimado parcialmente e iniciada la instrucción de la causa que ahora ha sido finalmente sobreseída.

Causa "compleja"

Según reza el auto, la investigación de la causa fue "compleja, laboriosa" e "indeseablemente larga en el tiempo", dada la "intensa" investigación técnico-policial llevada a cabo y el análisis de "una cantidad ingente de documentación".

Además, la jueza apunta como "limitaciones" el hecho de que los sucesos investigados se remontasen a los años 2000 a 2003, lo que supuso un "impedimento del seguimiento en tiempo real de los presuntos hechos criminales" y remitió a la documentación existente. En la misma línea, explica el auto, las declaraciones de los implicados "estuvieron a menudo caracterizadas por la imprecisión y la vaguedad".

Sin embargo, y tras este "intensivo" análisis, la jueza considera que "no creada acreditado" que los "hechos objeto de análisis en la causa sean constitutivos de infracción penal", por lo que decretó su sobreseimiento provisional.

Desvío de fondos

En concreto, indica el documento judicial, tres agentes de la Policía Nacional analizaron la posibilidad de que existiesen en su momento "actos de apoderamiento, enriquecimiento o desvío de fondos en provecho propio o de terceros" y "en perjuicio de fondos públicos" en la adjudicación de diferentes contratos por valor de más de 12 millones de euros al arquitecto Peter Eisenman, así como en la revisión de sus honorarios una vez iniciada la obra.

Sobre este punto, la jueza establece que el contrato con el arquitecto, del 13 por ciento sobre el presupuesto de la ejecución material, no podría haber sido suscrito por el secretario xeral de Patrimonio, que efectivamente lo firmó, aunque esta cuestión, "enmendada" por acuerdos posteriores con el Presidente de la Xunta, concurre en una "irregularidad administrativa sin trascendencia penal".

único licitador

En lo que respecta a la "constatación de un elevado grado" de contratación de obra a un único licitador —la UTE Necso-Copasa—, que habría aglutinado el 71,5 por ciento de la obra, según el relatorio del Ministerio Fiscal; la jueza no detecta "irregularidades significativas en los pliegos de condiciones de los distintos contratos" y recuerda que ninguna de las otras empresas efectuaron reclamaciones.

"En conclusión, el examen de la documentación solo permite concluir que aparentemente en todos los casos en los que la citada UTE resultó adjudicataria, su oferta, en su conjunto, era mejor que las de otras empresas", señala el auto.

Paralelamente, el juzgado no detectó "ninguna irregularidad" ni "falsedad" en las cuentas anuales elaboradas por la consultora 'Auditores asociados de Galicia S.A.' y rechaza que durante el contrato de sus servicios para la Cidade da Cultura "formase parte de dicha sociedad o de alguna otra participada por ella" ningún cargo público.

En la misma línea, en relación a las denuncias por "elevados honorarios" de las empresas contratadas, esta apreciación corresponde realizarla, según la jueza, "desde la perspectiva de la eficiencia económica" pero sin "indicios de criminalidad".

Desfase en el presupuesto

Para la jueza, una de las "cuestiones más complejas que se suscitaron a lo largo de la investigación" fue "la relativa al importante desfase entre el presupuesto inicial de obra y el previsto en el año 2005", pasando de una previsión de 132,2 millones de euros a los 284,5 millones.

El auto atribuye este desfase en primer lugar a la "falta de concreción existente en el Proyecto Base" en relación con el Proyecto de Ejecución, hasta el punto de "haberse multiplicado por 2,35 la superficie inicialmente prevista". En segundo lugar, la jueza apunta al alargamiento en el periodo de finalización, fijado inicialmente para finales de 2005. La última causa la vincula el auto a la decisión de recubrir con piedra cuarcita el techo y parte de las fachadas de todos los edificios, con un importe de casi seis millones de euros. Sin embargo, y a pesar de las "incongruencias" de esta decisión, tampoco en este punto la jueza ve indicios de penalidad.

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