Los profesores en Sevilla ya no pueden suspender a un alumno sólo por copiar

¿Ves bien que no se pueda suspender al alumno por copiar?

La Universidad de Sevilla (US) se ha convertido en la primera universidad pública española que ha regulado normativamente qué hacer cuando un profesor sorprende a un alumno copiando durante un examen y ha reconocido el derecho del estudiante a completar la prueba sin ser suspendido de forma inmediata.

Según explicó el director de Comunicación de la Hispalense, José Álvarez, la Universidad aprobó el pasado mes de septiembre una normativa de evaluación de exámenes "que garantiza a todos los alumnos su derecho a terminar la prueba pese a que durante su realización sea pillado copiando por un profesor".

Con esta nueva regulación, que no supone el suspenso inmediato del alumno ni la expulsión del aula como hasta el momento, la Hispalense busca "dar garantías" al estudiante para que, en caso de que reclame ante la Comisión de Docencia por considerar que "el profesor no tiene pruebas suficientes de que ha copiado o que se ha excedido al suspenderlo", haya un examen escrito y finalizado al que acudir para su evaluación, si la citada comisión decidiera que ésta procediese.

Las chuletas

Con ello, en palabras de Alvarez, se regula formalmente "algo frente a lo que cada profesor actuaba según su propio criterio" y se normalizan las pautas a seguir en aquellos casos, entre otros, en los que los docentes "pillen" a sus alumnos con las conocidas 'chuletas', intercambiándose exámenes o copiando desde sus móviles. No obstante, en éste último caso, el profesor "tiene prohibido, a diferencia de las chuletas o instrumentos similares, requisar el aparato", ya que en él se contienen datos personales.

Otra excepción a la citada normativa es el caso de aquellos alumnos que, con su actitud en clase durante la prueba, "molesten o interrumpan" al resto de sus compañeros, impidiéndoles con su comportamiento la realización en condiciones de normalidad del examen. En estos casos, "el profesor sí que podrá expulsar al alumno del aula de forma inmediata", aclaró Alvarez.

Aprobar sin ir a clase

Un aspecto también novedoso de la citada normativa es que, desde este curso académico 2009-2010, para los estudiantes de la Hispalense no será "requisito indispensable" para aprobar las asignaturas la "asistencia a las clases teóricas".

Tal y como recalcó Alvarez, "la Universidad de Sevilla aprobó que los créditos no fueran exclusivamente presenciales", de modo que "aunque un profesor pueda tener en cuenta la asistencia a clase de un alumno, lo que no podrá es suspenderlo por no ir a clase", siempre y cuando la materia sea teórica. En las prácticas, esta posibilidad no está contemplada por la Hispalense.

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