Tribunales.- Condenado a pagar 2.000 euros por los daños causados por su rebaño de 200 cabras en unos olivos

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un individuo al pago de una indemnización de 2.092 euros por los daños causados por las mordeduras de un rebaño de 200 cabras de su propiedad en los olivos existentes en una finca particular, revocando de esta manera la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un individuo al pago de una indemnización de 2.092 euros por los daños causados por las mordeduras de un rebaño de 200 cabras de su propiedad en los olivos existentes en una finca particular, revocando de esta manera la sentencia absolutoria dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 2.

En la sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Octava de la Audiencia Provincial se muestra contraria al razonamiento mantenido por el Juzgado de Primera Instancia, que absolvió al demandado argumentando para ello que "no se puede asegurar de una forma terminante que los daños reclamados hayan sido producidos en la fecha indicada en la demanda, pues el propio denunciante ha manifestado que el demandado ha entrado en otras ocasiones en su finca".

En este sentido, la Sala considera que, habiéndose acreditado el hecho de la presencia del demandado con su ganado en la finca particular y los resultados dañosos causados precisamente por ganado caprino, la conclusión a la que se puede llegar es que "los daños los causó dicho ganado, no correspondiendo al demandante acreditar la inexistencia de otros posibles animales causantes de daños, pues ese hecho correspondería acreditarlo a la parte demandada".

De este modo, añade que "no tiene mayor valor el hecho de que el afectado dijera que en otras ocasiones el propio demandado pasó con su ganado por su finca, lo que no impide que el día de autos pasara por allí y causara los daños que se dan por acreditados", motivos todos ellos por los que revoca íntegramente la sentencia emitida en primera instancia y condena al demandado a pagar una indemnización de 2.092 euros.

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