Compromís pide al CGPJ que "aclare" por qué un alto cargo de Justicia supera una prueba a la que "no podía presentarse"

Compromís anunció hoy que se dirigirá al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para que "aclare la participación y aprobación" por parte de la ex secretaria autonómica de Justicia, Patricia Montagud, de dos pruebas del proceso selectivo para la carrera judicial por la categoría de magistrado, el denominado cuarto turno, pese a que "no tenía derecho a presentarse, por no ser abogada en oficio ni funcionaria pública en el momento de inscribirse en la oposición", ya que en esas fechas ocupaba el mencionado cargo.

La diputada de Compromís Mireia Mollá se refirió así en un comunicado al cese de Montagud como secretaria autonómica de Justicia que, según explicó la portavoz del Gobierno valenciano en el pleno de la semana pasada, se produjo a petición propia porque había superado las pruebas de acceso a la magistratura.

A su juicio, "las dudas sobre su dedicación al cargo de secretaria autonómica a lo largo de todo el proceso selectivo que lleva en marcha año y medio, y sobre un posible tráfico de influencias, flotan en las pruebas aprobadas para magistrada".

Criticó asimismo que "las ansias por controlar instituciones, y particularmente el poder judicial, por parte del PP no tienen fin y no dejan pasar la oportunidad de promocionar a personas de su círculo de amistades".

Mollá reprobó que Montagud ha superado una prueba y una entrevista del proceso selectivo para la carrera judicial por la categoría de magistrado, el denominado cuarto turno, que está "reservado a determinadas personas que cumplan condiciones concretas", unas pruebas a las que se presenta junto a "juristas de reconocida competencia, con más de diez años de ejercicio profesional".

Así, señaló que la convocatoria se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en 2008, cuando Patricia Montagud era secretaria autonómica de Justicia, cargo al que "accedió cuando era directora general de Justicia, una responsabilidad que ocupó cuando Francisco Camps era conseller de Justicia y Administraciones Públicas".

Mollá aseguró que la ex secretaria autonómica "llegó a estar excluida en primera instancia de participar en el proceso selectivo (BOE 268 de 6 de noviembre de 2008) por 'no reunir o no justificar los años de servicios como jurista en los términos exigidos reglamentariamente, no aportar certificado del nombramiento como Funcionario o del Consejo General de la Abogacía para los Letrados'".

"Montagud no era funcionaria pública ni abogada en ejercicio, sino un alto cargo de la administración autonómica, en el momento de presentar las solicitudes, por lo que no cumple con las condiciones para poder presentarse" a la oposición, insistió la diputada, quien sospechó que "algo ha debido pasar para que finalmente Montagud pudiera formar parte del proceso".

En esta línea, explicó que las bases de las pruebas "establecen claramente como requisitos de los aspirantes que sean abogados en ejercicio", por lo que se preguntó "cómo es posible que Montagud se preparara las pruebas de este proceso selectivo siendo secretaria autonómica de Justicia".

Además, dijo no saber "cómo la dejaron presentarse siendo la segunda responsable de justicia en la Comunitat Valenciana y, por tanto, encargada de mantener las relaciones institucionales con el CGPJ, que es el órgano que las convoca y cuyo vicepresidente es el anterior conseller de Justicia Fernando de Rosa, que es quien la nombró secretaria autonómica".

Aplicación "laxa e interesada"

Para Mollá, el régimen de incompatibilidades de los altos cargos por el que se debía regir Montagud "se ha aplicado de forma laxa e interesada, no tanto porque sus relaciones con el órgano convocante es privilegiada sino por razones de dedicación y vinculación y también por su incompatibilidad legal de altos cargos prevista en la legislación vigente".

Por otro lado, instó a considerar los casos que puede llegar a llevar Montagud como magistrada y que afecten a la Comunitat Valenciana, en los que ella haya estado involucrada como secretaria autonómica. "Sobre esas posibles situaciones no existe régimen de incompatibilidades, por lo que debería regularse de alguna forma qué casos no debería poder juzgar".

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