Tribunales.- Fiscalía pide el archivo "directo" de las denuncias del juez Serrano contra Inmaculada Montalbán

El Ministerio Público defiende el "derecho de libertad de expresión" de la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica

La Fiscalía de Sevilla ha recurrido un auto mediante el que el Juzgado de Instrucción número 10 acordaba elevar al Tribunal Supremo (TS) las denuncias por injurias y amenazas leves formuladas por el titular del Juzgado de Familia número 7, Francisco Serrano, contra la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Inmaculada Montalbán. El Ministerio Público advierte de que no se ha resuelto sobre la existencia o no de indicios de relevancia penal, pero de cualquier forma, reclama el archivo de las diligencias.

En un comunicado, la fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Sevilla, María José Segarra, informó de que este recurso de reforma y subsidiario de apelación ha sido formalizado hoy mismo y se dirige contra un auto fechado el 30 de diciembre, cuando el Juzgado de Instrucción número 10 acordó elevar estas denuncias al Tribunal Supremo dado el aforamiento de la persona denunciada, Inmaculada Montalbán.

En concreto, el juez Serrano había denunciado a la presidenta del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del Consejo General del Poder Judicial después de que ésta señalase públicamente que las advertencias del juez en cuanto a las denuncias falsas por violencia de género "carecen de rigor y fundamento alguno y denota falta de conocimiento de las estadísticas judiciales y de las características del maltrato a la mujer".

Ante estas críticas, el juez Francisco Serrano atribuyó a Montalbán una pretensión de "amedrentar" que sería, a su juicio, susceptible de enmarcarse dentro de un acto de "maltrato psicológico". "Me atacó y me amenazó con responsabilidades", aseveró el magistrado el día en el que formalizó estas denuncias.

Pide el archivo "directo" de las diligencias

Ante este auto destinado a elevar las diligencias al TS, La Fiscalía de la Audiencia Provincial consideró que "no es procedente" remitir las actuaciones a dicha instancia bajo la premisa del aforamiento de Montalbán "al no existir relevancia penal alguna en los hechos denunciados", por lo que reclama "el archivo directo de las actuaciones" por parte del juzgado de Instrucción número 10.

En el recurso del Ministerio Público, así, se defiende que sólo procede elevar el asunto al TS "cuando el juez instructor valore la existencia de indicios de relevancia penal" a través de "una exposición razonada", porque según la posición del Tribunal Constitucional como la concordante línea jurisprudencial del Tribunal Supremo, "una causa le queda atribuida según el aforamiento que le declara como juez ordinario predeterminado por la Ley, cuando el procedimiento puede dirigirse contra la persona aforada, que es el tiempo de su concreta inculpación y que coincide con aquél en el que el juez instructor aprecia la existencia de indicios fundados o dotados de mínima verosimilitud sobre su posible participación en los hechos".

Ejercicio de la libertad de expresión

"No cabe realizar una remisión como la acordada simplemente porque se ha formulado una denuncia por una presunta infracción penal contra persona aforada, ya que procede que la juez instructora fije en un auto motivado la posible trascendencia penal de los hechos denunciados, lo que no ha realizado en el auto recurrido", alega la Fiscalía, que además considera que "los hechos no revisten trascendencia penal y que procede que se archive directamente la denuncia, por hallarse amparadas las manifestaciones denunciadas bajo el ejercicio del derecho a la libertad de expresión".

Las expresiones de Montalbán, según la Fiscalía, "no pueden considerarse por si solas como injuriosas, más cuando se deben de contextualizar dentro del debate al que obedecen dichas expresiones". A tal efecto, esgrime el Ministerio Público que el propio "contrainforme" suscrito por Serrano vierte expresiones sobre el informe precedente del Grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial como "se les ha encomendado un trabajo viciado desde el inicio... que parte de parámetros de valoración sesgados..., estudio que carece de rigor, no en su elaboración sino en sus presupuestos...".

De hecho, advierte de que en dicho "contrainforme", el mismo juez Serrano se vale de la expresión "carente de rigor", la misma que le sirve para su denuncia contra Inmaculada Montalbán. "No parece admisible considerar injuriosa una expresión utilizada igualmente por el presunto injuriado", argumenta la Fiscalía, que atribuye también a la "libertad de expresión" la petición de responsabilidades que el denunciante entiende como una falta de amenazas,

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