Indenmizan con más de 400.000 euros a un paciente que quedó en coma durante una operación de próstata en Sanlúcar

El Defensor del Paciente informó hoy de una resolución de la Consejería de Salud indemnizando en 416.292,60 euros a un paciente que se sometió en el Hospital Virgen del Camino, ubicado en Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), a una operación de próstata y le inyectaron una "sobredosis" de anestesia, quedando en estado vegetativo crónico, en el que aún se encuentra casi tres años después.

Según indicó a Europa Press José Luis Ortiz, el letrado del Defensor del Paciente encargado del caso, la Consejería de Salud estima parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por la esposa e hijos del citado paciente, identificado como M.C.P., por los perjuicios causados por el estado vegetativo en el que éste se encuentra con ocasión de la operación de próstata que le fue practicada en marzo de 2007 en el Hospital Virgen del Camino, propiedad de José Manuel Pascual Pascual, S.A., y concertado con la Consejería de Salud.

En su relato de los hechos, destacó que el paciente, natural de Chipiona y de 69 años de edad, ingresó en el citado centro concertado el 16 de marzo de 2007 para ser intervenido al día siguiente de hipertrofia de próstata. La operación, que se inició sobre las 9,30 horas del día previsto, iba a intentarse con cirugía laparoscópica en principio y, si no era posible, se ampliaría el abordaje quirúrgico.

En este sentido, el Defensor del Paciente subrayó el hecho de que para la primera operación programada por laparoscopia se empleó una dosis de anestesia epidural y luego, cuando descartan la laparoscopia y se deciden por la cirugía convencional, "le vuelven a aplicar al paciente nuevas dosis de anestesia general, sin esperar el intervalo de tiempo necesario".

Según dijo, el estado de hipertensión que se implantó en el paciente durante la intervención quirúrgica fue abordado con medicación de efecto hipotensivo y, tras la rápida caída de la tensión arterial, se le dispensó un nuevo tratamiento hipertensivo, hasta que alcanzó los parámetros normales.

No obstante, durante el lapso de tiempo hipotensivo, se produjo una "ausencia de perfusión sanguínea en el cerebro, además de otros órganos como corazón o riñones, lo que ocasionó el estado de coma en el que ha quedado instaurado definitivamente el enfermo".

Causas concretas

El Defensor del Paciente aseveró que la causa concreta fue "una combinación inadecuada de anestesia general y local" que le fue suministrada al paciente, unido al "bloqueo epidural practicado, así como a un suministro incorrecto de hipotensores, ante el cual, el organismo no reaccionó adecuadamente debido al estado anestésico a que estaba inducido".

La familia del paciente sometió el asunto al informe de dos peritos especialistas, concretamente del especialista en Anestesiología y Reanimación Roberto Ruiz y, por parte de la Consejería de Salud, la presidenta de la Sociedad Andaluza-Extemeña de Anestesiología y Reanimación, Mercedes Echeverría.

Ambos coincidieron en que las dosis de anestesia empleadas fueron "muy por encima de lo aconsejado" teniendo en cuenta el volumen corporal del paciente, y en que entre la administración de la anestesia epidural y la general "no se respetó el mínimo de tiempo necesario para conocer el nivel total del bloqueo del sistema nervioso autónomo simpático".

Por ello, la resolución de la Consejería de Salud, a la que tuvo acceso Europa Press, estima parcialmente la reclamación de la esposa e hijos del paciente —quienes solicitaron inicialmente una indemnización de 562.262,27 euros— y declara "responsable de los daños" a la entidad José Manuel Pascual Pascual, S.A., titular del citado hospital, ordenándole el abono a los reclamantes de una indemnización global de 416.292,60 euros "por los perjuicios causados por el estado vegetativo en que se encuentra el marido y padre de aquéllos".

Finalmente, el Defensor del Paciente detalló que M.C.P. ha quedado afecto a una situación de gran invalidez concedida por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, mientras que la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social le ha concedido un grado de minusvalía global del 97 por ciento, ya que se trata de una persona con "secuelas permanentes" que requiere de la ayuda de otras personas para realizar las actividades cotidianas, ha tenido que adaptarse la vivienda en la que reside y mantiene una situación de práctica "muerte cerebral".

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