El periodo de rebajas de invierno en Extremadura podrá fijarse entre el 7 de enero y el 6 de marzo

Los comercios de Extremadura podrán fijar sus periodos de rebajas entre el 7 de enero y el 6 de marzo de 2010, ambos inclusive, para la temporada de invierno; y entre el 28 de junio y el 27 de agosto, ambos inclusive, para la temporada de verano.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publicó hoy la resolución de la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación por las que se fijan la temporada de rebajas para el próximo año, y además la que determina los domingos y festivos en los que los establecimientos comerciales podrán permanecer abiertos al público en la región.

Según informó la Junta de Extremadura en nota de prensa, el comerciante determinará la duración de la temporada de rebajas en su establecimiento, que no podrá ser inferior a una semana, así como que las fechas elegidas deberán exponerse al público.

Así, los establecimientos comerciales de la comunidad podrán permanecer abiertos al público ocho domingos y festivos en 2010, que son el 3 de enero, el 1 de abril, 2 de mayo, 4 de julio, 31 de octubre y 5 de diciembre.

Los dos restantes lo podrán determinar las corporaciones locales "a su criterio y conveniencia" y deberán notificarlas a la Dirección General de Comercio antes del 31 de diciembre de 2009, apuntó.

Cabe recordar que la Vicepresidencia Segunda y Consejería de Economía, Comercio e Innovación es la encargada de fijar ambas temporadas de ventas promocionales, oído el Consejo de Comercio, del que forman parte la Junta de Extremadura, la Federación de Municipios y Provincias de la región (Fempex), las Cámaras de Comercio, asociaciones empresariales y sindicales, los consumidores y donde también están representados los trabajadores autónomos.

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