Condenado a 20 años el hombre que quemó viva a su novia en Alcalá de Henares

  • El acusado, Constantin V., roció con gasolina y quemó viva a su novia en un descampado de Alcalá de Henares en enero de 2008.
  • Constantin V. es autor de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión a las autoridades.
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La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a 20 años de prisión a Constantin V., a quien un jurado popular declaró culpable de asesinato por rociar con gasolina y quemar viva a su novia en un descampado de Alcalá de Henares (Madrid) en enero de 2008.

La sentencia conocida este viernes estima que Constantin V. es autor de un delito de asesinato, con la agravante de parentesco y la atenuante de confesión a las autoridades, y le condena a 20 años de prisión y a indemnizar a la madre y a la hermana de la víctima con 120.000 y 80.000 euros, respectivamente.

El pasado día 19 se conocía el fallo del jurado popular que siguió el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró al acusado culpable de asesinato, y consideró que su acción respondió a un acto premeditado.

Agravante de parentesco en el crimen

Al igual que el jurado, la Audiencia madrileña ha apreciado la agravante de parentesco en el crimen y la atenuante de confesión, ya que Constantin V. llamó a los servicios de emergencia poco después de los hechos y confesó haber sido él quien había quemado a la joven Alexandra Brezeanu.

No obstante, el tribunal ha rechazado la petición de la defensa para que el procesado fuera condenado a 12 años y seis meses de cárcel, atendiendo a dicha atenuante de confesión, y le impone una condena de 20 años de prisión como solicitaba la Fiscalía.

La resolución judicial explica que, aunque no puede conocerse con absoluta certeza la magnitud del dolor y el sufrimiento que le produjeron a la víctima las llamas que prendieron toda la parte superior de su cuerpo, no cabe ninguna duda de que el acusado le produjo una muerte "atroz, despiadada y brutal".

Por ello considera que la gravedad extrema de la acción debe reflejarse en la pena impuesta y estima adecuada la condena que pedía la acusación.

"Una muerte especialmente torturante"

"Debe valorarse que morir quemada de esta forma debió producir un sufrimiento a la víctima de tal magnitud que escapa a la propia comprensión humana", señala la sentencia, que además recuerda que los informes forenses han demostrado que fue "una muerte especialmente torturante y despiadada, causante de un padecimiento extremo".

Para el tribunal, la preparación del crimen, su modo de su ejecución y la actitud del acusado que, según un testigo permaneció en el lugar de los hechos "dando vueltas alrededor del fuego y viéndola arder", revela "un extremado grado de crueldad, de perversidad y de ausencia de capacidad de sentir ni el menor atisbo de compasión o piedad hacia la víctima".

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