El desistimiento (II)

Es relativamente frecuente que una pareja habite en una vivienda arrendada a nombre de uno de los miembros de esa pareja.
Si la unión se rompe, ¿qué pasa?

Puede ocurrir que el arrendatario titular del contrato decida desistir el contrato, sin contar con el otro miembro o que, sencillamente, abandone la vivienda, desentendiéndose del alquiler. La ley ha regulado qué hacer en estos casos porque se considera que la defensa de la familia pasa por la defensa de la vivienda.

El propietario puede requerir al ocupante no titular del arrendamiento para que manifieste en el plazo de quince días si quiere o no continuar con el arrendamiento. Si contesta que sí, el arrendamiento continuará. Si no contesta o dice que no, el arrendamiento termina.

Con la colaboración de la Asociación de Defensa del Propietario de Vivienda. Tel.: 902 362 952. www.adeprovi.com

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