Consultorio de Vivienda: "En nuestra finca existen alarmas en cada planta pero están ya obsoletas, ¿pueden ser sustituidas por otras?"

Unas alarmas en la pared de un edificio
Unas alarmas en la pared de un edificio
Bru-nO de Pixabay
Unas alarmas en la pared de un edificio

Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es.

Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid

La presidenta hace y deshace

PREGUNTA Somos una Comunidad de vecinos nueva. El piso ha sido entregado a finales de 2022 y por lo tanto necesitamos muchas cosas. Después de una primera junta en la que hemos echado a los administradores contratados por la promotora, la nueva administradora está demostrando que no cumple con la LPH.

Las votaciones en juntas de vecinos son con banderita, no cuentan el coeficiente, cambian el resultado omitiendo votos en contra y poniendo aprobado por unanimidad, cambian lo aprobado como les conviene y no hacen caso a la subsanación del acta.

La presidenta no entiende del tema y dice que confía en la administradora y lo que dicen, ella lo hace. Está gastando dinero con sombrillas para la piscina, estanterías para la garita y otras cosas más que no son urgentes, y tampoco han sido presupuestadas o aprobadas en Junta de vecinos.

Se ha hecho una derrama para cosas específicas y parte de ellas no se va a hacer, así que se usa ese dinero y algún otro dinero de otra partida para pagar lo que la presidenta está comprando.

Yo soy de la Junta de Gobierno, vocal de mi portal, y la vicepresidenta y yo intentamos decir lo que no está bien y no nos creen. Uno de los vocales está dando las órdenes y la presidenta acepta, y están gastando el dinero sin aprobación de nadie. La vicepresidenta y yo ya hemos pedido que nos enseñen las cuentas y la administradora no contesta. ¿Qué podemos hacer ante esta situación ? Vanessa

RESPUESTA DE LA EXPERTA Si la gestión de la comunidad no es correcta de forma que contraviene no solo lo previsto en la LPH sino en los propios estatutos, pueden solicitar al presidente de la comunidad que convoque una junta extraordinaria para tomar decisiones y que cambie la situación y evitar con ello que determinados propietarioS, como es el caso, acudan a la vía judicial.

En su defecto, pueden reunir firmas suficientes para alcanzar el 25% de propietarioS o de las cuotas de participación para convocar directamente como promotores una junta en caso de negativa por parte del presidente de la comunidad.

Toldo manchado

PREGUNTA Vivimos en un cuarto piso y la vecina del primero dice que hemos tirado pintura intencionadamente para mancharle el toldo y no es cierto porque nosotros no hemos tirado nada. Que se puede hacer en este caso porque los vecinos de debajo del tercero tambien tiene  un poco manchado el toldo de la misma mancha blanca.

Lo único que barajo es que haya sido excremento de un pájaro grande pero es que la vecina no quiere que le limpie el toldo sino que quiere otro nuevo.

No tenemos recursos para pagarla encima por algo que no hemos hecho. Hemos causado gotera en el vecino de abajo pero cuando ha pasado hemos asumido la responsabilidad y no hemos dicho que no, aunque lo haya arreglado el seguro, pero esta vez es injusto.

RESPUESTA DE LA EXPERTA Es una cuestión de prueba, de poder demostrar que efectivamente se debe a pintura y que lo han arrojado ustedes. No obstante, las manchas pueden eliminarse con productos específicos para ello sin necesidad de proceder a la sustitución del toldo.

Problemas con las sirenas

PREGUNTA En nuestra finca existen alarmas comunitarias instaladas por plantas desde hace más de 30 años con una sirena central en cada planta y llaves de conexión y desconexión por piso.

Se ha intentado repararlas. Ya no hay piezas de recambio, unas aún funcionan y otras no. ¿Pueden ser sustituidas por otras actuales? ¿Es cierto que está prohibido instalar alarmas comunitarias? Antonio G.

RESPUESTA DE LA EXPERTA El art. 10.1.a de la LPH señala lo siguiente:

1. Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, impliquen o no modificación del título constitutivo o de los estatutos, y vengan impuestas por las Administraciones Públicas o solicitadas a instancia de los propietarios, las siguientes actuaciones:

-Los trabajos y las obras que resulten necesarias para el adecuado mantenimiento y cumplimiento del deber de conservación del inmueble y de sus servicios e instalaciones comunes, incluyendo en todo caso, las necesarias para satisfacer los requisitos básicos de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal, así como las condiciones de ornato y cualesquiera otras derivadas de la imposición, por parte de la Administración, del deber legal de conservación.

En consecuencia, es obligación de la comunidad reparar las alarmas o, si no es posible, sustituirlas por unas nuevas de forma que se garantice su correcta utilización.

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