El Supremo avala las rebajas de penas por la ley del 'solo sí es sí', en contra del criterio de la Fiscalía y el Ministerio de Igualdad

Fachada del Tribunal Supremo.
Fachada del Tribunal Supremo.
EP
Fachada del Tribunal Supremo.
El Supremo avala las rebajas de penas por la ley del 'solo sí es sí', en contra del criterio de la Fiscalía y el Ministerio de Igualdad
Europa Press

El Tribunal Supremo (TS) ha unificado doctrina. Los magistrados de la Sala de lo Penal han avalado este miércoles las rebajas de penas a agresores sexuales por la entrada en vigor de la ley del 'solo sí es sí', rechazando así los recursos que presentó la Fiscalía para revertir las atenuaciones de condenas que ya eran firmes. Lo han hecho durante el pleno monográfico celebrado entre este martes y miércoles para marcar el camino a seguir en lo que respecta a las revisiones de condena. 

La Sala de lo Penal respalda así las rebajas dictadas por las audiencias provinciales en base al principio de retroactividad del Código Penal que mandata aplicar siempre la ley que sea más favorable para el reo. Rechaza, por tanto, aplicar la disposición transitoria quinta a la que apeló el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, y en la que se indica que no se debe reducir una condena si la pena inicial cabe dentro de la nueva horquilla de penas. Una disposición que, a juicio del Supremo, de haber estado contemplada en la propia ley se habría podido frenar o al menos limitar su retroactividad. 

"Es una mala noticia", ha lamentado la ministra de Igualdad, Irene Montero, pocos minutos después de conocerse el criterio del alto tribunal. La Fiscalía, por su parte, ya ha asegurado que esperará a conocer el contenido completo de las resoluciones antes de pronunciarse. Por su parte, fuentes de Moncloa han evitado hacer comentarios al respecto. "Había un problema y se solucionó. El PSOE propuso la solución", han asegurado.

De los 29 recursos analizados, el Pleno ha rechazado todos menos uno, y ha sido únicamente porque han detectado un error de los jueces al contabilizar la condena y han decidido volver a elevarla. Siete de los recursos de casación eran de la Fiscalía, y los 22 restantes de agresores sexuales a los que, o bien no se les había atenuado su condena y exigían una bajada; o sí que se le había revisado la pena a la baja, pero pedían que se redujese todavía más.

Lo único en lo que sí mantienen el criterio de la Fiscalía es en mantener las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela. Es decir, que si a un agresor sexual se le rebaja la pena, no se toquen las inhabilitaciones especiales dictadas por el juez en la sentencia inicial, como la retirada de la patria potestad de su hijo. 

La gran mayoría (27 de los 29 recursos) han sido rechazados por unanimidad. De los dos restantes, uno ha sido igualmente declinado por mayoría, pero sin voto particular, y el otro ha provocado un cambio de ponencia —de Andrés Palomo a Leopoldo Puente— y será el único que contará con dos votos particulares. La Sala de lo Penal está conformada por 15 magistrados, la mayoría de tendencia considerada conservadora, aunque también hay progresistas.

Esta era la primera vez que el Supremo se pronunciaba sobre las rebajas de condenas firmes, pues hasta ahora la Sala solo había resuelto recursos de casación presentados contra sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la nueva ley, en octubre de 2022. En concreto, había analizado 75 recursos: 28 se resolvieron rebajando la pena, y 47 se mantuvo la condena fijada antes de la reforma del Código Penal. 

Según detalla el alto tribunal, los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias efectuadas por las Audiencias Provinciales de Madrid (8), Barcelona (1), Palma de Mallorca (2), Bilbao (1), Soria (1), Toledo (1), Guadalajara (1), Las Palmas (3), Pontevedra (3) A Coruña (1), Valencia (3), Castellón (1), Almería (1), y Cádiz (2).

En total, según el último balance del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), hasta el 1 de mayo el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional, los tribunales superiores de justicia de las comunidades autónomas y las audiencias provinciales habían rebajado ya la condena a al menos 1.079 delincuentes sexuales, lo que ha supuesto la excarcelación de al menos 108 presos.

Una ley envuelta en polémica

La postura del Supremo es algo a lo que apeló el Ejecutivo en múltiples ocasiones para intentar tranquilizar a la sociedad ante la alarma social que generó el goteo de rebajas de condena al entrar en vigor la ley del Ministerio de Igualdad. Impulsar cualquier medida o reforma la ley sin haber analizado lo que dice el alto tribunal al respecto era, en palabras de la ministra de Justicia, Pilar Llop, "imprudente". Pero la polémica fue creciendo y el PSOE decidió finalmente presentar una proposición de ley en solitario, sin sus socios de Unidas Podemos, para modificar de nuevo las horquillas de penas que fijó la ley inicial.

La decisión abrió un cisma entre los socios de la coalición, que no lograron encontrar un punto de acuerdo sobre la fórmula más efectiva para acometer esa reforma. La iniciativa socialista, además, cayó como un jarro de agua fría entre los morados, al ver estos cómo una ley que había nacido en uno de sus despachos —el de Igualdad, de Irene Montero— salía enmendada con el apoyo mayoritario de las Cortes.

Reproches mediante, la reforma de la ley del 'solo sí es sí' salió adelante a finales del mes de abril y recuperó la violencia y la intimidación como subtipos agravados para computar penas de hasta dos años más para los casos en los que concurran. Con todo, ninguna modificación del Código Penal evitará que se sigan acordando rebajas de condenas, ya que la norma original estuvo vigente desde octubre de 2022 hasta finales de abril. Así, solo se aplicará la nueva horquilla de penas en los delitos que se hayan cometido desde abril de este año.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento