Cómo librarse de estar en una mesa electoral por viaje en las elecciones generales del 23J

Un hombre deposita su voto en una urna en un colegio electoral de Valencia.
Un hombre deposita su voto en una urna en un colegio electoral de Valencia.
Biel Aliño / EFE
Un hombre deposita su voto en una urna en un colegio electoral de Valencia.

Tras sufrir una derrota electoral en las elecciones autonómicas y municipales, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado que este martes, 30 de mayo, disolverá las Cortes y adelantará las elecciones generales para el próximo 23 de julio. Esto supone que todos los ciudadanos y ciudadanas españoles están llamados a votar, tal y como ha ocurrido este domingo, 28 de mayo, con motivo de los comicios municipales y autonómicos.

En cuanto al sorteo de las mesas electorales, todas las personas incluidas en la lista de electores —que cumplan con los requisitos de saber leer y escribir y no superar los 70 años— entran en consideración.

Las personas que recibieron una notificación para ser miembros de una mesa electoral el pasado 28 de mayo tuvieron la obligación de presentarse en el lugar. Las causas para evitar esta responsabilidad son muy limitadas y deben estar debidamente justificadas y notificadas ante la Junta Electoral correspondiente. De lo contrario, son motivo de sanciones y multas. 

¿Qué pasa si tengo un viaje programado?

Las personas que tengan previsto viajar el fin de semana del 23 de julio y sean convocadas como presidente, vocal o suplente en una mesa electoral no podrán faltar a esta cita electoral. Un viaje por vacaciones no exime de la obligación de ser miembro de la mesa.

La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) recoge diferentes causas que justifican la ausencia en una mesa electoral, pero por ningún lado aparece nada relacionado con viajes o vacaciones. 

Aun así, la decisión definitiva sobre quiénes participarán en la mesa electoral la toma la Junta Electoral de cada zona. Esto quiere decir que las personas que tengan programado y reservado un viaje con anterioridad a la fecha de convocatoria de las elecciones podrán presentar alegaciones.

Para ello, los interesados deberán presentar la documentación que recoja la reserva y el perjuicio económico de perder los billetes. Queda en la mano de la Junta Electoral la decisión de dar por válida esta justificación que permita librarse de la mesa electoral o de denegarla. Tendrá un plazo de cinco días para resolver la solicitud.

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