La Audiencia Nacional constata ahora que una candidata de Bildu aún está inhabilitada por su condena por terrorismo

Candidatos de Bildu con delitos de sangre renuncian a concurrir a las elecciones
Arnaldo Otegi, líder de Bildu, durante un acto electoral
Europa Press
Candidatos de Bildu con delitos de sangre renuncian a concurrir a las elecciones

La Fiscalía ha comprobado que Sara Majarenas Ibarreta, candidata de EH Bildu en la localidad de Astigarraga (Guipúzcoa) continúa inhabilitada por la condena por terrorismo que le fue impuesta, de modo que lo ha comunicado a la Junta Electoral de Zona de San Sebastián. Así lo ha constatado también la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, según confirman fuentes jurídicas a Europa Press.

El Ministerio Público ha informado de ello después de la denuncia de la asociación Dignidad y Justicia. Majarenas fue condenada en septiembre de 2007 por integración en organización terrorista, falsedad documental y tenencia ilícita de armas a 13 años y 2 meses de prisión y a una inhabilitación absoluta por tiempo superior en 10 años al de la duración de las pena impuesta. De este modo, aunque ya obtuviera la libertad al cumplir su pena de cárcel, la inhabilitación a ejercer cargo público continúa vigente, pues termina el 6 de abril de 2028.

La Fiscalía ha comunicado que ha recibido una providencia con fecha de este pasado miércoles dictada en ejecutoria por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en la que se señala que Majarenas tiene una pena de inhabilitación absoluta que aún no ha liquidado, lo que le impediría formar parte de una lista electoral.

Con todo, desde la Fiscalía señalan que esta circunstancia no desvirtúa la decisión tomada el pasado 17 de mayo, cuando acordó el archivo de las diligencias de investigación abiertas en relación a las 44 personas condenadas por su pertenencia o colaboración con ETA que han sido incluidas en las listas electorales de EH Bildu. El Ministerio Público advirtió entonces de que ni había delito en esa inclusión en listas ni causa de inelegibilidad.

Ahora, insiste en un comunicado en que los hechos objeto de investigación no son constitutivos de infracción penal y que le compete a las juntas electorales correspondientes el control de la legalidad de las candidaturas presentadas por partidos políticos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que pretendan concurrir a las elecciones.

Mantiene así la Fiscalía lo que determinó en su anterior pronunciamiento sobre esta cuestión, si bien ha informado a la Junta Electoral de Zona para que adopte la resolución oportuna, ya que es el órgano competente para determinar si esta persona cumple los requisitos para formar parte de una lista electoral.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento