Borràs traslada a la JEC que no es competente para decidir sobre su condición de diputada

  • Sus abogados, que han enviado alegaciones por la resolución sobre su escaño, señalan que la sentencia no es firme.
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.
ACN
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.

La presidenta del Parlament de Cataluña con el cargo suspendido, Laura Borràs, ha trasladado a la Junta Electoral Central (JEC) que carece de competencias para decidir sobre su condición de diputada, al no tener sentencia firme.

Gonzalo Boye e Isabel Elbal, abogados de Borràs, han enviado este viernes las alegaciones a la JEC por la resolución sobre su escaño, en un escrito en el que también denuncian la "vulneración de derechos" de la que ha sido víctima, según la defensa, la presidenta suspendida del Parlament.

La JEC dio un total de diez días hábiles al Parlament para que comunicara qué decisión tomará sobre la retirada o no del escaño a Borrás tras haber sido condenada por el TSJC a 4 años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo, un plazo que finaliza hoy.

En el escrito, la defensa de Borràs señala que las juntas electorales solo son competentes durante el periodo electoral, y subrayan que Vox, CS y PPC "carecen de la condición de interesados para iniciar el procedimiento" ante la JEC.

"La administración electoral es manifiestamente incompetente para el enjuiciamiento de las eventuales situaciones de incompatibilidad de los diputados al Parlament de Catalunya o cualquier otra asamblea legislativa", subraya el escrito, además de incidir en que esta administración no es competente para dejar sin efecto las credenciales.

Alega "vulneración de derechos"

Otro de los puntos en los que hace énfasis la defensa de Borràs es en la "vulneración de derechos", entre ellos la presunción de inocencia, los derechos de participación política y a la tutela judicial efectiva.

Para la defensa de Borràs, la sentencia del TSJC "no desvirtúa ni puede desvirtuar" su derecho "a la presunción de inocencia", a la par que insisten en que la presidenta suspendida "no ha cometido ningún delito".

En el texto de alegaciones, Boye recuerda que "únicamente la condena a una pena de inhabilitación impuesta por una sentencia judicial firme" puede dar lugar a la pérdida de la condición de parlamentario.

"No existe objetivo legítimo, desde el punto de vista de los derechos fundamentales invocados, para privarla de la condición de diputada del Parlament antes de la existencia de una sentencia firme", resalta el escrito.

Además, la defensa de la presidenta acusa a la JEC de "usurpar la competencia de los tribunales para la ejecución de las resoluciones judiciales", y recuerda que solo está obligado el cumplimiento "de sentencias y demás resoluciones judiciales firmes".

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