Un padre no dará más pensión a su hija de 29 años que ni busca empleo ni le quiere

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Europa Press
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La Audiencia Provincial de Salamanca ha eximido a un padre de Béjar de la obligación de seguir pagando la pensión de alimentos a su hija de 29 años por su desinterés para buscar trabajo, según informa el Poder Judicial. Además, el tribunal señala que concurre una causa que, por sí sola, ya es suficiente para acordar la extinción, la falta de relación entre padre e hija.

Según figura en la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Salamanca, el progenitor pagaba 125 euros a favor de las dos hijas de su antiguo matrimonio, desde su divorcio en 2005. Al parecer, en 2018 el padre ya intentó dejar de pagar la pensión, cuando su hija tenía 24 años, pero la Justicia lo desestimó. Este primer intento, según su hija, fue el punto de inflexión que hizo romper la relación entre ambos.

La sentencia que desestimó en 2018 la exención del pago de la pensión lo hizo porque consideró que su hija no podría vivir de forma independiente, "porque la situación de acceso al mercado laboral para los jóvenes en ese momento era complicada". Su hija, además, argumentaba la necesidad de esa pensión de alimentos por padecer un trastorno adaptativo mixto.

Sin embargo, ahora la Sala concluye que la hija "con 29 años cumplidos mantiene un evidente y manifiesto desinterés por buscar un trabajo de forma activa y por trabajar, y si bien no tiene independencia económica, ésta es debida a su falta de diligencia e interés". A esto se suma una "manifiesta desafección" respecto a su padre, siendo esta una causa suficiente para extinguir la pensión alimenticia.

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